El objetivo que se plantea al incrementar las retenciones es adelantar el pago del IRPF por parte de los profesionales autónomos, que de esta forma contribuyen a financiar al Estado. Cuando el profesional realice su declaración de la renta en junio del año siguiente, podrá recuperar el exceso de retención si la cantidad de IRPF que le corresponde pagar es inferior a las retenciones. Y si es mayor, el Estado se habrá adelantado el cobro de ese 6% de subida.
Las retenciones son cantidades a cuenta del IRPF que los profesionales autónomos deducen de sus facturas. Su incremento tiene un impacto considerable sobre su liquidez y tesorería , al perder un 6%, lo que unido a la subida del IVA contribuirá todavía más a limitar su capacidad de gasto, inversión y creación de empleo y su posible aportación a la recuperación del país.
Entre los afectados encontramos profesionales autónomos de todo tipo de sectores, entre los que destacan todo tipo de profesionales liberales y freelance como abogados, ingenieros, arquitectos, médicos, psicólogos, naturópatas, profesionales de la economía y las finanzas, agentes comerciales, agentes de seguros, programadores informáticos, diseñadores, técnicos de iluminación y sonido, traductores, algunos profesionales artísticos y un amplio etcétera. En este artículo puedes acceder al listado completo.
Los profesionales de actividades forestales, ganaderas, agrícolas, cuyas retenciones eran con una excepción a la norma al ascender tan sólo al 2%, no experimentan en principio ninguna subida.
También se ha modificado el tipo reducido del 7% de retención, que sube al 9%, porcentaje que se aplica a los nuevos profesionales autónomos en el año en el que se dan de alta y en los dos siguientes, con la condición de no haber realizado ninguna actividad profesional el año anterior.
PD: ante las informaciones contradictorias de la cifra del aumento y la fecha de entrada en vigor nos hemos remitido al BOE para confirmarlo y hemos procedido a actualizar el post en consecuencia.