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Resumen de novedades para el autónomo en 2013

Actualizado el 12 de noviembre de 2021

5 minutos de lectura

Por Javier

2013 se presenta como un nuevo año de dificultad y esperanza para los autónomos. Dificultad porque la crisis no remite y cada vez hace más complicada la viabilidad de muchos pequeños negocios y esperanza porque a pesar de ello en estos tiempos revueltos surgen nuevas oportunidades y debemos mantenernos fuertes para tratar de aprovecharlas y seguir adaptando nuestros negocios a la nueva realidad.

Recogemos en este post el resumen de novedades que tenemos en este comienzo de 2013 para los autónomos y las pequeñas empresas, incluyendo tanto novedades legislativas aprobadas a lo largo del último año como algún cambio en los procedimientos de Hacienda y la esperada Ley de Emprendedores, prevista para los primeros meses de 2013:

SEGURIDAD SOCIAL

  • Cuota de autónomos 2013: Como todos los años, la  Ley de Presupuestos Generales del Estado ha actualizado las bases de cotización a la Seguridad Social que determinan cuánto hay que pagar por la cuota mensual de autónomos.  La base mínima de cotización sube el 1% desde 850,20 a 858,60 euros mensuales, por lo que la cuota mínima pasa de 254,21 € a 256,72 euros. La base máxima de cotización sube bastante más, el 5%, pasando de 3.262,40 a 3.425,70 euros mensuales.
  • Adecuación de la cuota de autónomos con vistas a la jubilación: Podrán optar libremente entre la base mínima y la máxima los autónomos menores de 47 años y aquellos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2013, cuya base de cotización de diciembre de 2012 haya sido igual o superior a 1.870 euros al mes. Los trabajadores autónomos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2013 y una base de cotización inferior a 1.870,50 euros mensuales, sólo podrán incrementarla hasta 1.888,80 euros mensuales. En cuanto a los mayores de 48 años a 1 de enero de 2013,  su base de cotización mínima está comprendida entre 925,80,50 y 1.888,80 euros, salvo excepciones (cónyuge mayor de 45 años que se haya hecho cargo del negocio de un autónomo fallecido, en cuyo caso estará comprendida entre 858,60 y 1.888,80 euros mensuales).
  • Responsabilidades subsidiarias en la subcontratación empresarial: de acuerdo con la Ley13/2012 de lucha contra el fraude en la Seguridad Social, se amplía el plazo para la exigencia de responsabilidades solidarias de uno a tres años. Con ello la Administración pretende tener más tiempo para efectuar sus mecanismos de comprobación, lo que debe incentivar a que los autónomos y empresas que subcontraten con otros la realización de obras o servicios correspondientes a su propia actividad comprueben en mayor medida que hasta ahora si los subcontratados están al día con la Seguridad Social.

HACIENDA

  • Retenciones de los profesionales autónomos: en 2013 los tipos de las retenciones a practicar en sus facturas por parte de los profesionales autónomos se mantienen con carácter extraordinario en el 21% ( 9% para nuevos profesionales autónomos). Recordamos que está previsto que en 2014 el tipo de retenciones baje al 19%, esperamos que se pueda cumplir esta previsión.
  • Módulos 2013: los módulos 2013 de IRPF se mantienen como en 2012 excepto para productos del olivo, en los que el Rendimiento Neto se reduce. Sin embargo los módulos de IVA se modificaron hace 2 meses para adaptarlos a la subida del IVA de 2012,  por lo que en 2013 estos nuevos módulos de IVA estarán plenamente operativos.
  • Restricciones a la cotización en módulos: tras la reciente aprobación de la Ley 7/2012 de 29 de octubre de 2012 de lucha contra el fraude fiscal,  los autónomos del sector transporte  no podrán seguir en módulos si facturan más de 300.000 € anuales. Además, los autónomos en módulos obligados a practicar retenciones no podrán seguir en módulos si en el año anterior han tenido rendimientos superiores a 225.000 €/anuales con carácter general o 50.000 €/anuales  en el caso de que más del 50% de sus ingresos provengan de empresas y por tanto estén sujetas a retención. Por todo ello este año podrá renunciarse a los módulos de manera implícita mediante la presentación en tiempo y forma del primer pago fraccionado de 2013 en estimación objetiva (modelo 130) y del régimen general de IVA (modelo 303).
  • Modificación en los plazos del modelo 347 (declaración de operaciones con terceras personas): tal y como estaba previsto, en 2013 el modelo se presentaráen el mes de febrero en lugar de en marzo como hasta ahora. Además será necesario informar sobre las cantidades imputables a cada trimestre y no sólo el total. Están eximidos de este modelo quienes presenten declaraciones de IVA mensuales (modelo 340).
  • Nueva vía de presentación de declaraciones informativas: desde este ejercicio podrán presentarse por internet un amplio conjunto de declaraciones informativas (modelos 180, 182, 184, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347, 349 y 390) mediante el servicio de impresión desarrollado en la AEAT y el envío de un mensaje SMS por el contribuyente.

FACTURACION

  • Nuevo reglamento de facturación: el 1 de enero de 2013 ha entrado en vigor el nuevo Reglamento de facturación aprobado en el Real Decreto 1619/2012.  Las principales  novedades en materia de facturación son la sustitución de los tickets por facturas simples, la posibilidad de que cualquiera pueda emitir una factura simple o simplificada en operaciones de menos de 400 euros y la equiparación de la factura electrónica y la factura en papel.

FINANCIACION

  • Tasas Judiciales: los autónomos también se verán afectados por las nuevas tasas judiciales cuando recurran a la justicia, por ejemplo para reclamar deudas, lo que encarecerá el proceso de media entre 100 y 1200 euros según la cuantía demandada, un motivo adicional para tratar de prevenir situaciones de morosidad.
  • Tipo de interés legal del dinero y de demora: según se contempla en los presupuestos generales del estado para 2013, se prorrogan los tipos de 2012, de manera que el tipo de interés legal del dinero se mantiene en el 4% y el tipo de interés de demora en el 5%.

EMPRENDEDORES

  • Nueva Ley de Emprendedores. Se la esperaba en 2012, se temió porque nunca viera la luz pero según se anunció hace un mes, la Ley de Emprendedores se aprobará en los primeros meses de 2013. Existen dudas más que fundadas sobre que vaya a dar respuesta a la tan demandada reforma del IVA, de manera que sólo se pague a Hacienda el IVA cobrado en lugar del facturado. También se espera una reducción del 50%  de la cotización en casos de pluriactividad (alta simultánea en autónomos y el régimen general), la agilización de los trámites de creación de empresas y un nuevo marco legal para favorecer el desarrollo de nuevas vías de financiación como los microcréditos, el capital semilla o las redes de business angels.
  • Fin de las licencias de apertura previas: justo a final de diciembre de 2012 se ha aprobado la Ley 12/2012  de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, que termina con la obligatoriedad de las licencias de apertura previas al inicio de actividad en comercio de menos de 300 m2 o en los cambios de titularidad de las actividades comerciales y de servicios, así como de las licencias de obras en reformas que no necesiten proyecto de obra. Esta ley formaliza las licencias express anunciadas en primavera por las que bastará con que el autónomo presente una declaración responsable o comunicación previa en la que manifiesta cumplir los requisitos de la actividad, incluyendo el proyecto técnico y la documentación complementaria cuando sea necesario. El Ayuntamiento deberá verificar esta documentación por si hubiese algún error pero el negocio podrá funcionar mientras tanto.

CALENDARIOS

  • Calendarios 2013: ya puedes descargarte el calendario fiscal y el calendario laboral de 2013. Si no lo has hecho ya, debes registrarte para ello en nuestra red profesional, la Comunidad Infoautónomos.

Javier

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