Epígrafe IAE app
Buenos días,
Tengo alguna que otra duda en cuanto a la elección de qué epígrafe del IAE; mi situación es la siguiente:
Meses atrás, junto a mi compañeros, presentamos a una aceleradora europea el proyecto en el que estamos trabajando para conseguir financiación. Estando a día de hoy aún a la espera de su respuesta (nos la dan la semana que viene) nos han informado que para poder recibirla en caso de ser aprobada necesitan que les facilitemos nuestro número VAT, número del que no disponemos. Después de informarnos debidamente, parece que debemos darnos de alta en el ROI y, en términos más genéricos, darnos de alta como como empresario individual (fiscalmente) y como autónomos (en términos de SS) --> y para ello consecuentemente darnos de alta en el IAE.
El problema que se nos presenta entonces y espero alguien me pueda asesorar, es el siguiente: Por ahora nosotros vamos a estar trabajando en el desarrollo del proyecto, por lo que hasta dentro de un año aproximadamente no va haber ningún tránsito de dinero en concepto de ventas/compras de nuestro producto (APP MÓVIL del sector educativo). Entonces, dada la condición sine qua non que para recibir financiación debemos registrarnos y poder facilitar el VAT:
• ¿Qué epígrafe del IAE encajaría mejor con nuestra situación?
Quisiera apuntar que si se nos concediera lo solicitado probablemente trataríamos de ampliar nuestro equipo con un programador más (somos un equipo de ingenieros pero con perfiles distintos, no todos somos programadores)
Con todo esto:
• ¿Es posible contratar a una persona (o ampliar equipo) si no se está constituido y por tanto se está operando a través de una persona registrada como empresario individual?
Para finalizar, entendemos que lo lógico parece ser esperar a la resolución para no empezar a liarnos con trámites, pero dada la circunstancia que la confirmación de alta en el ROI se demora entre 15 días y 3 meses y ellos nos presionan con fecha límite para suministrar dicho número VAT, nos urge ligeramente.
• ¿En caso de darnos de alta como empresario individual y como autónomo, que responsabilidades (en cuanto a pagos principalmente) recaería sobre nosotros o la persona de mi equipo en cuestión?
• ¿Si hiciésemos los trámites pertinentes y luego no nos concedieran la financiación, todas estas altas se pueden dar de baja sin que nos recayera ninguna responsabilidad/pago?
• En caso contrario que si nos la concedieran y nos demos de alta en todo debidamente, podrían decirme por favor cuales son los pasos a seguir mientras estemos desarrollando el producto pero no estemos ejerciendo ninguna actividad económica como tal? Me baso en el Real Decreto Legislativo 1175/1990 de 28 de Septiembre donde define como Actividad Económica toda aquella actividad de carácter profesional con la finalidad de intervenir en la producción de bienes o servicios.
Muchas gracias y siento la extensión,
Atentamente,
Geco
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Hola,
Yo recomendaría hacer una SOCIEDAD INACTIVA, y sobre ella pedir el ROI (VAT).
El epígrafe sería el de EXPLOTACIÓN ELECTRÓNICA.
La Sociedad o Empresario antes de contratar, deberá de estar dado de alta en la SS a través del RETA.
Principalment los costes de un autónomo serían seguridad social 53,07€/mes durante 6 meses , y luego la asesoría nosotros por ejemplo 18,90€ al mes.
Si, todo se puede dar de baja, pero el mes en curso hay que abonarlo a la Seguridad Social.
Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis.Respondido el 10 de diciembre de 2014
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Hola egonzalez93,
Muchas gracias por su rápida respuesta. Estoy análizando su propuesta, ya que desconocía el concepto de sociedad inactiva. No tengo claro aún el beneficio de ésta o de darme de alta como empresario individual, así que seguiré buscando que mejor encaja con el echo de no tener a nadie contratado durante un tiempo.
Gracias por su contacto, queda anotado.
Atentamente,
GecoRespondido el 16 de diciembre de 2014
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