Nómina autónomo colaborador

Hola,

Soy autónoma colaboradora a punto de cobrar la primera nómina. El gestor del autónomo titular ha preparado la nómina y tengo algunas dudas.

El tema es que en el apartado de la percepción salarial consta la misma cifra que en el apartado del líquido a percibir. Supongo que es posible que no esté sujeta a retenciones, pero también me ha chocado el que esta cifra sea la única que aparece en la nómina, en ningún lado especifica nada más, todos los % están vacíos y no sé si es correcto tener una nómina así, especificando sólo el salario base, el total de percepciones y el líquido total a percibir.

Por otra parte, entiendo que puedo repercutir en mi salario el importe de mi seguridad social, es así? O debe constar en nómina ese detalle?

Gracias!

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  • Hola, normalmente debe aparecer la retencion de IRPF, pero depende el salario que cobres, el asunto de los autonomos, en la declaracion del 110 que se haga tendras que poner lo que pagas de autonomo con la retencion correspondiente que es la misma que te harían en nomina y declararlo en percepciones salarios de profesionales, como retribucion en especie. Para más dudas ([email protected]) www.jaragestores.com

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  • Muchas gracias por tu respuesta.

    En cuanto a que la retención depende del salario, este no llegaría a los 19.000€ anuales. ¿Dónde puedo mirar si es correcto el que no haya retención en mi nómina? (evidentemente me conviene, pero quiero asegurarme que así es como tiene que ser).

    Por otra parte, lo de la declaración del 110, supongo que eso es cosa del autónomo titular de la explotación, no?

    Respondido el

  • Hola Maria la nomina debería de tener retención ya que la ley del irpf deja claro que dichos rendimientos tributaran como rendimientos del trabajo y por lo tanto deben estar sujetos a retención

    El articulo 16 del IS regula las operaciones vinculadas y esta es una operación vinculada por lo tanto debe ajustarse a las condiciones de mercado

    Para tu madre es un gasto deducible y tu no tributaras como autonomo sino como si fueses un trabajador mas por lo tanto no tendras que presentar el modelo 130 ni nada aprecido

    Si necesitas ayuda [email protected]
    http://fiscalmadrid.com/autonomo-colaborador-figura-y-tratamiento-fiscal/

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