Libro de gastos, libro de ingresos...
Queridos amigos. Perdonar el título, pero tras visitar vuestra página, que me parece estupenda, me han surgido una serie de dudas. Soy autónoma. El libro de visitas hay que sellarlo ¿Lo sellan en la Tesorería de la Seguridad Social en donde me dí de alta como autónoma? ¿Qué pasa con los libros de ingresos y gastos, también los tienen que sellar, y dónde?
Trabajo en casa, ¿tengo que hacer registro en el Registro Mercantil? ¿Tengo que registrar la web en el Registro Mercantil?
Mis clientes potenciales son colegios que obtengo de una página de la Comunidad de Madrid. ¿Tengo que aplicar la Protección de Datos? ¿Puedo inscribirlos yo en la Agencia de Protección de Datos hacerlo yo o tiene que ser necesariamente otra persona?
Muchas gracias de antemano
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Buenos días:
El libro de visitas hay que sellarlo en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Los libros de ingresos y gastos no hay que sellarlos, simplemente es necesario tenerlos.
En el Registro Mercantil no tiene que realizar ningún tramite.
Un saludoRespondido el 19 de diciembre de 2011
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Muchísimas gracias por la aclaración.
Un saludo.Respondido el 19 de diciembre de 2011
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De nada. Espero que alguien le pueda informar sobre la pregunta de la Protección de Datos.
Un saludoRespondido el 19 de diciembre de 2011
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