Consultas a la comunidad
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DUDA FISCAL
Hola buenas noches:
Me dí de alta en el censo de empresarios mediante el modelo 036 comunicando un inicio previo de mi actividad y con fecha de inicio de la misma estimada del 24/11/2012. Aun no he empezdo a vender, lo haré el 1 de febrero, pero si que he realizado compras de las mercancias que voy a vender. En las compras que he realizado fuera de España no me han cobrado el IVA, tengo que ingresarlo mediante el modelo 309. Mi duda es si a pesar de que aún no he comenzado con mis ventas, ¿tengo que presentar antes del 30 de enero, el modelo 130 de IRPF sin actividad y la autoliquidacion del IVA mediante el modelo 309? O como aun no he empezado con mi actividad, ¿ no hace falta que todavia presente nada sobre las compras y gastos que estoy realizando para preparar mi actividad?
Gracias de antemano por la ayuda.
Saludos y Felices FiestasCreada el 23 de diciembre de 2012 -
Cambio de modulos a directa
Hola,
Quisiera saber que tramites debo realizar para cambiar de modulos a estaimacion directa,ya que estoy en uno de los supuestos de exclusion.
GraciasCreada el 23 de diciembre de 2012 -
PROVEEDORES DE ALIMENTACIÓN Y BEBIDA
Buenas tardes;
Como podréis ver, hace muy poquito que forma parte de vosotros, ya que estoy iniciando un negocio de hostelería, pero aún me faltan por concretar proveedores, y aprovechando que muchos de vosotros os dedicáis a la hostelería y restauración, me podrías decir algún proveedor con el que trabajéis? me podéis enviar vuestras respuestas a mi e-mail. Gracias!!!!Creada el 23 de diciembre de 2012 -
PROVEEDORES DE ALIMENTACIÓN Y BEBIDA
Buenas tardes;
Como podréis ver, hace muy poquito que forma parte de vosotros, ya que estoy iniciando un negocio de hostelería, pero aún me faltan por concretar proveedores, y aprovechando que muchos de vosotros os dedicáis a la hostelería y restauración, me podrías decir algún proveedor con el que trabajéis? me podéis enviar vuestras respuestas a mi e-mail. Gracias!!!!Creada el 23 de diciembre de 2012 -
IVA de los tikets en IRPF
Hola, siempre he tenido una duda: Los tikets no se pueden desgrabar en IVA pero si, A veces, en IRPF. Cuando el tiket no especifica el importe del IVA o dice IVA incluido ¿Que cantidad hay que reflejar como gasto en IRPF, el total o el total menos el IVA? Gracias
Creada el 23 de diciembre de 2012 -
duda
hola
soy nueva en este tema.me han propuesto hacerme autonoma pa vender roscones de navidad ea dcir solo los 15dias estos.staria yo sola en una tienda cn roscones...del 24 al 7enero.me podeis informar q tioo d autonomo y q cuota tngo q pgar oor ser autonomo esos 15 dias.Creada el 22 de diciembre de 2012 -
Legislación venta bebidas/alimentos no perecederos
Hola,
Me gustaría saber qué legislación debe cumplir una empresa que vende bebidas (alcohólicas) y alimentos (no perecederos) al por mayor y al por menor a través de comercio electrónico. Para ello se dispondría de un almacén y los productos no se manipularían. He recopilado información al respecto, pero no sé si me faltan y/o sobran cosas.
En cuanto a legislación de almacenamiento y distribución alimentaria tengo lo siguiente:
• Real Decreto 191/2011. Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
• Reglamento 852/2004, de 29 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
• Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre. Normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas.
• Real Decreto 706/1986, de 7 de marzo. Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre Condiciones Generales de almacenamiento (no frigorífico) de alimentos y productos alimentarios. Modificado por Real Decreto 1112/1991 de 12 de julio.
• Real Decreto 381/1984, de 25 de enero. Reglamentación Técnico-Sanitaria del Comercio Minorista de Alimentación.
En cuanto a comercio electrónico tengo lo siguiente:
• Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
• Ley 34/2002, de 11 de julio. Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSICE).
• Ley 7/1998, de 13 de abril. Condiciones Generales de la Contratación.
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
No sé si hay algo de legislación referente a bebidas alcohólicas u otra cosa que me haya dejado. Y si quiero poder vender a través de la web a lugares como Canarias, Andorra, Ceuta y Melilla, y a otros países, ¿que otra legislación debería cumplir a nivel de bebidas alcohólicas y alimentos, y comercio electrónico? ¿O eso es problema de la empresa de logística subcontradada y el cliente?
Gracias.Creada el 22 de diciembre de 2012 -
SEGUIR COTIZANDO ALTO O NO
Quisiera que me ayudaran a resolver mi duda, llevo cotizados 24 años, tengo en la actualidad 54 estoy cotizando en la actualidad por el maximo de la base de 1870 € con cuota de 620,07 €, pensando en mi futuro creo conveniente bajar la base de cotización a 1550€, ya que estoy viendo que el día que me jubile seguire persibiendo ingresos superiores a 18000 € anuales sin contanlar la pension y como conosco gente que ha estado en mi mismo caso y le han dejado una pension minima.? que me aconsejan? seguir con la base o cambiarla. Muchas gracias
Creada el 22 de diciembre de 2012 -
Puedo reclamar algo sin ser ahora autónomo?
Yo abrí una librería en septiembre del 2010, en diciembre recibí la carta diciéndome que tenía aprobados 7000€ y en Junio del 2011 cerré sin haberla recibido. Lo mejor es que al darme de baja de autónomo me reclamaron esos 7000€ diciendo que como había cerrado antes de los 3 años, debía devolverlos!!
Mi asesor hizo una carta para ellos y dejaron de reclamarme el dinero. Puedo reclamar algo sin ser ahora autónomo? Porque yo hice una inversion esperando luego recibir esa ayuda....Creada el 22 de diciembre de 2012 -
Administrador unico SL
Soy administrador unico de una SL Que tiene que cerrar (esta inactiva), he cotizado como autonomo hasta que dejaron de pagar a SS y no se si tengo derecho algún tipo de prestación o subsidio, pues no existe carta de despido, simplemente al no tener actividad ha dejado de cotizar por mi y me dicen en el SEPE que no tengo ningún derecho, ¿es asi? Gracias.
Creada el 21 de diciembre de 2012