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Duda a la hora de elegir forma juridica
Hola, voy a montar un negocio tipo tienda, SAT y atencion y servicios a empresas. La cuestión es que, a ultima hora, un compañero se ha decidido a aportar capital a esta empresa, y no me queda claro cual es la formula juridica por la que la fiscalidad será mas ventajosa. Esta persona solo aportaria capital, no trabajo, ya que está empleado en otra empresa como trabajador. El 75% del capital aprox lo aportaría yo, así como el trabajo. Y él aportaría un 25% como colaboración, ya que cree en la viabilidad de este proyecto.
Cuál sería la forma correcta de hacerlo? Puede un autóno recibir un aporte de capital (dinero o bienes de empresa) de alguien que está trabajando por cuenta ajena? Cómo se plasma esto para que sea legal?
Grácias.Creada el 6 de noviembre de 2014 -
Alta en Hacienda únicamente de forma temporal
Hola, en breve voy a comenzar una actividad por cuenta propia y en los primeros meses dudo que llegue al sueldo mínimo, por lo que me daré de alta solo en Hacienda mediante el 037, si por ejemplo, al 4º mes funciona el negocio y me doy de alta en la SS, me van a cobrar todos los atrasos desde el alta en Hacienda y, si es así me respetan las bonificaciones y derecho al paro?;Tengo 26 años, cobro paro y nunca he estado dado de alta como autónomo, así que me corresponderían los famosos 50€. Gracias, un saludo.
Creada el 13 de mayo de 2013 -
Pago en efectivo en banco de recibo RETA
Buenos días:
Actualmente estoy en proceso de cambio de banco, e inclusive, me estoy planteando la posibilidad de prescindir totalmente del banco, ya que la mayoría de pagos puedo hacerlos mediante ingresos en cuenta, y los cobros a clientes puedo hacerlos cobrando en efectivo; evidentemente, he tenido una muy mala experiencia con el banco (y cliente del mismo desde hace más de 10 años, pero en fin, parece que ahora que la cosa está mal, quieren cobrar hasta por respirar al lado de la sucursal..).
El caso es que quería pagar el recibo de autónomos, en efectivo, en una entidad financiera cualquiera, mediante una carta de pago, de igual forma que se puede hacer cuando te envían un documento de cobro con recargo cuando se te olvida una cuota.
Según esto:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialTrab10724/TrabAutInfoGen2k9/Cuotas2k9Ingreso/index.htm
No es obligatorio tener una cuenta corriente para pagar el recibo del RETA;
"En cualquier entidad financiera autorizada para actuar como Oficina Recaudadora de la Seguridad Social, presentando el Recibo de liquidación de cotizaciones (RLC), que está a disposición de los trabajadores, en las Direcciones Provinciales y Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social. Documentos de cotización."
El caso es que, ¿de dónde se puede sacar el RLC? ¿No hay medio de descargarlo on line con certificado electrónico?; en la sede electrónica de la Seg-Social hay el procedimiento para la domiciliación, pero no lo hay para cambiar la forma de pago a pago mediante RLC en entidad financiera (al menos, yo no lo veo entre los servicios disponibles).
Muchas gracias y un saludo.Creada el 24 de enero de 2013
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