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Leasing para emprendedores: el alquiler con derecho a compra

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El leasing, arrendamiento financiero o alquiler con derecho a compra es una de las alternativas de financiación a la que pueden acceder autónomos, PYMES y emprendedores, especialmente de cara a la inversión inicial en su proyecto. 

Leasing para emprendedores: alquiler con derecho a compra

Actualizado el 18 de marzo de 2022

5 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Si quieres poner en marcha tu proyecto o negocio y necesitas hacer una importante inversión inicial en inmovilizado tangible, como puede ser mobiliario, maquinaria o equipamiento, pero no cuentas con los recursos necesarios (o no puedes destinarlos) para su adquisición, puedes optar por una alternativa de financiación basada en el leasing o alquiler con opción a compra.

A lo largo de éste artículo veremos:

  • ¿Qué es el leasing?
  • Características y particularidades
  • Ventajas del alquiler con derecho a compra
  • Desventajas del leasing
  • Consejos básicos para autónomos y emprendedores

¿Qué es el leasing?

El leasing, arrendamiento financiero o alquiler con derecho a compra es un contrato por el cual un arrendador de productos o bienes traspasa el derecho de uso de los mismos a un arrendatario a cambio del pago de unas rentas y durante un plazo determinado. Una vez terminado el plazo, el arrendatario puede comprar dicho bien pagando por él un precio previamente estipulado, devolver el bien o renovar el contrato de leasing.

En caso de que el arrendatario decidiera adquirir el bien, el precio que debería pagar por él sería un precio “residual”, es decir, el resultado de restar al precio del bien las cuotas pagadas ya por él en concepto de alquiler.

Características y particularidades del leasing

El leasing es una fórmula financiera que se destina a personas físicas o jurídicas con actividad empresarial o profesional, por lo que El bien o producto que se contrata bajo esta modalidad de financiación ha de quedar afecto, de forma exclusiva, a la actividad empresarial o profesional del arrendatario.

El leasing, por tanto, reúne una serie de características particulares que es necesario conocer antes de optar por ésta fórmula para financiar la inversión iniciar de nuestro proyecto o negocio:

  • El alquiler con derecho a compra significa que, durante el periodo de arrendamiento, se transfiere exclusivamente el derecho a utilizar el bien arrendado.
  • La propiedad del bien o producto sólo se transfiere en el momento en el que el arrendatario decide adquirir finalmente el bien arrendado mediante la modalidad de leasing.
  • El arrendatario puede ejercer su derecho de opción de compra una vez finalizado el contrato. De ésta forma, el arrendado ha de comprometerse a vender el bien por el valor residual del mismo.
  • El mantenimiento del bien se lleva a cabo por cuenta del arrendatario. Aunque el titular del bien sea el arrendatario, quien corre los gastos por el deterioro o la pérdida del bien será el arrendatario. Además, el contrato de leasing suele llevar aparejada una cláusula que permite al arrendador efectuar revisiones periódicas sobre el bien arrendado para comprobar el buen estado y funcionamiento del mismo.
  • Además, el arrendatario estás obligado a contratar un seguro sobre el bien o producto, por lo que el arrendador puede solicitar el justificante de que el arrendatario ha contratado dicha póliza y de que está al corriente en el pago de las cuotas.
  • En caso de incumplimiento por parte del arrendatario, el arrendador puede resolver el contrato y recuperar el bien o producto arrendado.
  • La contratación de los bienes se incluye como parte del inmovilizado en el balance del arrendatario
  • La carga financiera constituye un gasto que es fiscalmente deducible. Es decir, es la entidad de leasing la que hace frente al pago de los impuestos indirectos, como el IVA o el IGOC en su caso, de la adquisición del bien.

Ventajas del leasing para autónomos y emprendedores

El leasing es una modalidad de financiación que acarrea un gran número de ventajas para aquellos que están poniendo en marcha su proyecto.

  • Permite a los pequeños negocios obtener el uso de algunos bienes, como puede ser mobiliario, maquinaria o equipamiento para sus negocios sin necesidad de hacer un gran desembolso inicial.
  • El periodo de leasing permite al autónomos y emprendedores evaluar si el bien arrendado se ajusta correctamente a las necesidades de su negocio y, en caso afirmativo, puede optar por la compra del bien por su valor residual, sin necesidad de tener que abonar el valor de las cuotas previamente pagadas.
  • Dota a los negocios de gran flexibilidad, permitiendo rotar los bienes y servicios cada cierto periodo de tiempo, adaptando dichos bienes (en especial maquinaria o equipamiento) a las necesidades y demandas que el negocio pueda tener en cada momento.
  • Se puede financiar el 100% de la inversión.
  • Se trata también de una modalidad con gran flexibilidad en periodos de contratación, cuotas y acceso a servicios.
  • Una de las principales ventajas de ésta modalidad financiera son las exenciones fiscales: tanto la recuperación del coste del bien, salvo que el bien que se haya adquirido sea un terreno u otro activo no amortizable, como los intereses que integran la cuota son 100% deducibles
  • La fórmula del leasing nos permite amortizar mucho más rápido los bienes arrendados y pagar muchos menos impuestos durante los primeros años.

Desventajas del leasing

No obstante, antes de formalizar un contrato de leasing, es necesario conocer las desventajas que trae aparejada éste tipo de financiación.

  • Además de la recuperación del coste del bien, el importe de las cuotas de arrendamiento financiero incorpora los intereses del capital productivo (coste financiero), los gastos administrativos y, en ocasiones, una prima de riesgo por si falla la empresa arrendataria.
  • En ocasiones, tipo de interés aplicado al leasing es superior a los tipos marcados para los créditos hipotecarios.
  • Como hemos comentado con anterioridad, es obligatorio contratar un seguro que cubra las contingencias a las que pueda estar expuesto el bien arrendado. Igualmente, el mantenimiento y los costes por deterioro o pérdida corren a cargo del arrendatario y no del arrendador.
  • Aunque en muchos casos los arrendatarios no terminan ejerciendo el derecho a compra sobre el bien, en caso de impago de las cuotas, el deudor se expone a perder ese derecho, a la pérdida del bien y a la pérdida del importe de las cuotas abonadas anteriormente.
  • Pese a que existen llamativas exenciones fiscales, el leasing no siempre es la mejor opción de cara a Hacienda.

Consejos básicos para autónomos y emprendedores

El leasing es muy recomendable para aquellos autónomos, emprendedores o PYMEs que necesitan una gran inversión inicial en inmovilizado tangible pero que no está en condiciones para destinar los recursos financieros suficientes para su adquisición.

Así, los bienes que suelen financiarse mediante ésta fórmula suelen ser:

  • Vehículos comerciales y sistemas de transporte
  • Maquinaria
  • Mobiliario
  • Equipamiento, especialmente informático

Si vas a optar por ésta fórmula de financiación, deberás tener en cuenta algunos factores así como sopesar las ventajas e inconvenientes de su uso.

  • Uno de los aspectos más interesantes de ésta forma de financiación es la opción a compra final. Sin embargo, son muchos los casos en los que el arrendatario termina por no adquirir el bien. Si desde el momento inicial tienes claro que no te interesará su compra final, puedes estudiar otro tipo de fórmulas, como el renting, donde las cuotas de arrendamiento pueden ser inferiores.
  • Antes de firmar el contrato de leasing, estudia con detenimiento los componentes de la cuota: al coste de recuperación que conforma la base de la cuota deberás sumarle los intereses y la posibilidad de que se incluya la prima de riesgo.
  • Deberás tener en cuenta también el periodo mínimo por el cual deberás mantener el contrato y las posibles cláusulas asociadas: revisiones del producto, penalizaciones en caso de incumplimiento, etc
  • Si las ventajas fiscales (como las deducciones y la posibilidad de amortizar los bienes de forma más rápida) son la principal razón por la que optamos a este tipo de financiación, deberemos estudiar su conveniencia en profundidad y valorar si, por ejemplo, podremos mantener un contrato mínimo de dos años para bienes muebles y de 10 para bienes inmuebles para acceder a las ventajas fiscales relativas a la amortización.

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