Conseguir Financiación
Conseguir Financiación
Qué es el confirming y cómo puede ayudar a autónomos y pymesCómo financiar una inversión menor de 100.000 eurosCómo financiar una inversión menor de 100.000 €Consejos de gestión financiera para autónomos y pymesSolicitar financiación y no morir en el intentoPréstamos para autónomos: requisitos para solicitarlosLíneas de préstamos ICO 2020Relaciones con bancosBusiness Angels: Cómo conseguir inversores privados¿Qué es el Crowdlending y cómo es su fiscalidad?Todo lo que debes saber sobre las listas de morososCapital riesgo: cómo conseguir grandes inversoresCómo usar las pólizas de crédito en tu negocioEl Renting, financiación sin endeudamientoLeasing para emprendedores: el alquiler con derecho a compraCómo financiar una inversión mayor de 100.000 eurosLeasing, ¿la mejor opción cara a Hacienda?Seguros para autónomos y pymes. Obligatorios y voluntariosCómo financiar una inversión mayor de 100.000 €Crowdfunding: Financiación colectiva para emprendedoresConsejos para contratar un seguro médico para autónomosContratar un seguro de responsabilidad civil profesional¿Cómo calcular el coste real de mi producto o servicio?Ley de Morosidad y consejos para prevenir impagadosFactoring: finánciate con tus facturas pendientes de cobroDeudas con Hacienda y aplazamiento de pagosDeducción por inversión en empresas nuevas o recientesIntroducción a las ayudas y subvenciones para autónomos

TE LLAMAMOS GRATIS

Nombre(Obligatorio)
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Normas de pago en efectivo

Resumen >

Conoce la normativa de lucha contra el fraude para realizar pagos en efectivo, la prohibición de pagar en efectivo cantidades superiores a 2.500 euros en operaciones en las que alguna de las partes actúe como empresario o profesional, así como las diferentes modalidades de pago en efectivo y las sanciones por incumplimiento de la norma.

Normas de pago en efectivo

Actualizado el 20 de abril de 2022

3 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Pese a que las formas de pago electrónico son cada vez más variadas y están completamente asentadas en el mercado, el pago en efectivo continúa vigente y siendo un habitual en la caja de autónomos y pymes. Éstos últimos han de velar por el cumplimiento de los límites al pago en efectivo evitando así la economía sumergida. Desde la asesoría fiscal online de Infoautónomos te damos a conocer estos límites al pago en efectivo, el marco normativo y las formas de control:

Normativa de pagos en efectivo: métodos, límite y sanciones

Métodos de pago en efectivo

Para abordar esta materia hay que empezar por saber que el pago en efectivo no se limita al pago en moneda o en metálico sino que existen más formas de pago en efectivo contempladas en el artículo 34.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Además del papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros, también tienen la consideración de pagos en efectivo:

  • Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago al portador.

Límites de pago en efectivo

Si un cliente te hace un pedido de 3.000 euros y tiene la intención de pagarte en efectivo desestima este pago ya que conforme a la Ley 7/2012, de 29 de octubre para la lucha contra el fraude fiscal, el pago en efectivo por cada operación en que alguna de las partes sea empresario o autónomo profesional se limita a 2.500 euros desde 2012.

Dicha limitación no es aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito.

Además, en caso de efectuar el pago como persona física sin domicilio fiscal en España y sin ser empresa o profesional la cifra sube hasta los 15.000 euros.

Los Presupuestos Generales del Estado 2019 incluyen la rebaja del límite en el pago en efectivo de los 2.500 euros hasta los 1.000 euros pero se trata de una medida que no se ha llegado a materializar ante la falta de consenso para la aprobación de las cuentas públicas para este año 2019.

Sanciones por incumplimiento del límite al pago en efectivo

Como hemos comentado anteriormente, ante un cliente que quiere extralimitarse en el pago en efectivo, lo correcto es desestimar el pago pues ante esta infracción grave Hacienda apunta lo siguiente:

Serán sujetos infractores tanto las personas o entidades que paguen como las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación indicada. Tanto el pagador como el receptor responderán de forma solidaria de la infracción que se cometa y de la sanción que se imponga. La Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá dirigirse indistintamente contra cualquiera de ellos o contra ambos.

Cometer esta infracción grave está sancionado con una multa proporcional del 25% de la base de la sanción, entendiéndose por base de sanción a cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 2.500 euros. Se trata de una sanción solidaria, de manera que responderá de ella tanto el pagador como el receptor del dinero y Hacienda podrá exigírsela tanto a uno como al otro

Además, en el caso de pagar o cobrar una operación de forma fraccionada, se sumarán todos los pagos para determinar si superan los 2.500 euros y, en caso de superarse, se aplicará de igual forma la sanción.

La infracción prescribe a los cinco años desde el día en que se haya cometido

Denuncias de pago en efectivo

Habida cuenta de que es obligatorio denunciar este tipo de infracción grave tanto si eres pagador como cobrador, Hacienda tiene habilitado en su página web la sección “Denuncia de pagos en efectivo” a través de la cual la persona que denuncia queda libre de represalias por parte de Hacienda. Sin embargo,y en aras de evitar actuaciones deshonestas, Hacienda clarifica que la presentación simultánea de denuncia por ambos intervinientes no exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos.

Documentos de comprobación de pagos en efectivo

La infracción por pagos en efectivo de más de 2.500 euros prescribe a los cinco años. Antes de ello has de tener a mano todas las facturas y documentos justificantes permitidos por Hacienda de los últimos cinco años. Solo así te cubrirás las espaldas en caso de que estés en el punto de mira de Hacienda y decida revisar tu contabilidad, poniendo el foco en los pagos fraccionados. De esta manera Hacienda podrá diferenciar entre los realizados en efectivo y en otros métodos de pago y contarás con pruebas de derecho tributario.

A efectos legales, la factura justifica fiscalmente el gasto para que la adquiriente pueda deducírsela como gasto afecto y la fecha acredita que se ha satisfecho el importe dentro del periodo de justificación.

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

La ventana a la actualidad
para emprendedores, autónomos y pymes

Únete a nuestros más de 300.000 suscriptores que ya están al día de todas las novedades y ofertas gracias a nuestra Newsletter