Alta previa autonomo

Buenos días.
Soy nuevo tanto como en el mundo de los autonomos como en esta comunidad.
El motivo por el cual escribo es el siguiente: hace aproximadamente un año inicie un proyecto empresarial, la gestoria me dijo que para poder desgrabar mis facturas recibidas seria conveniente darme de alta como previo autonomo. Asi lo hice.
Ayer día 27/09/14 fui a la Agencia Tributaria para poder darme de alta definitiva como autonomo con la fecha prevista: 1 de octubre de 2014.
La señora que me atendió me dijo que con la alta previa no tenia hecha el alta de las obligaciones, que si me daba de baja no estaba seguro que luego me pudieran reclamar las obligaciones y que no podia hacerme una alta nueva existiendo una vieja...
Espero que alguien me pudea ayudar y espero que el texto sea entendible, para mi es un cacao.

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  • Haber si hay un alta previa lo que falta es un alta definitiva y listo es que yo no entiendo que baja te quieren dar ahí habría que ver como esta esa documentación pero yo creo que el alta previa es conveniente sobre todo existiendo un año como existe en este caso entre el previo y el definitivo.

    Si necesitas ayuda [email protected]

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  • Ante todo gracias Candas,

    Sí, porsupuesto que es necesario, no entiendo a la mujer que me atendió. Yo pienso que tal como dijo ella no sabe muy bien de que va el tema, ya que no sabia que es la alta previa...

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  • que no te extrañe a mi el otro dia me han dicho que no estudie tanto ejejej

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  • Buenos días:

    Como dice Candas, no entiendo lo de la baja. El alta previa en el 036/037 es la única vía para poder deducir en el IVA las cuotas soportadas en os gastos realizados con anterioridad al inicio de la actividad, marcando la casilla que se destina a estos efectos en el modelo. Posteriormente debes presentar cuando inicies la actividad de forma efectiva, el modelo de nuevo marcando otra casilla.

    Dispones de esta información en el link que te adjunto al artículo de nuestra página:
    https://www.infoautonomos.com/hacerse-autonomo/alta-autonomo-obligaciones/gastos-previos-inicio-actividad/

    Tema distinto es a partir de qué momento tenemos que cumplir con nuestras obligaciones fiscales a efectos del IVA e IRPF. Puedes consultarnos a través de nuestro teléfono de consultas puntuales que te indico en el link: https://www.infoautonomos.com/consultoria/
    Un cordial saludo
    Marta Izco.

    Respondido el

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