Obligación a presentar el modelo 130
Hola a todos,
Soy autónomo desde el enero de este año. Hasta ahora, he ejercido una actividad exclusivamente del tipo profesional y únicamente a empresas. Por lo tanto, he aplicado una retención del 21% en mis facturas y nunca he presentado el modelo 130.
Ahora, me he dado de alta en otro epígrafe para empezar una actividad empresarial en paralelo.
Mi pregunta es: La "no-obligación" a presentar el modelo 130 considera todos los ingresos o únicamente los del tipo profesional?
Voy a tener que presentar el modelo 130 para la parte empresarial aún si suponen menos del 30% de mis ingresos totales?
Muchas gracias,
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Aqui tines la contestacion y explicacion verbar sobre la misma
http://asesoriaonlineajc.com/presentar-o-presentar-el-modelo-130-aqui-la-cuestion/Respondido el 3 de octubre de 2014
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Buenas tardes:
En el modelo 130 declaramos el rendimiento neto de nuestra actividad económica.Respecto a la obligación de autoliquidación e ingreso de los pagos fraccionados, puedes consultar el artículo 109 del Reglamento del IRPF (RD 439/2007 de 30 de marzo).
No obstante, si sigues teniendo dudas al respecto, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de consultoría puntual, tal y como te indico en el link:
https://www.infoautonomos.com/consultoria/
Un cordial saludo.
Marta izco.Respondido el 8 de octubre de 2014
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