Iva local sin alquiler
Hola. Alguien puede confirmarme esto?
Soy autónomo, y un familiar me deja un local para desarrollar mi actividas sin cobrarme. En hacienda dicen que tengo que darlo de alta en el 037 . correcto. También dicen que no tengo que hacer el 115. Correcto. Pero dicen una cosa que he alucinado en colores:
Si mi familiar, alguna vez en su vida desde que el local el suyo, lo ha alquilado para negocio y cobro el iva, entonces ahora debe declarar y pagar iva.
Mi contestación ha sido..... ¿iva de que? Si no hay alquiler.
Respuesta : iva de lo que se pagaria de alquiler.
Esto es asi? Cobrar por cobrar como sea?
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El articulo 16 del impuesto de sociedades aplicable al irpf y el articulo 79.5 apartado c del IVA lo deja mas que claro .
Existe una operación entre partes vinculantes que deberá valorarse a precios de mercado.
Precio de mercado: Aquel que se hubiese pactado entre dos partes independientes
Te pilla hacienda como no les hagas caso y te dejan acomodado del todo
Si necesitas ayuda [email protected]
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Respondido el 21 de octubre de 2014
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