Facturar a particulares extracomunitarios
Hola. Soy autónomo desde hace varios años, y ahora voy a impartir una serie de cursos online relacionados con mi actividad. La cuestión es que tendré alumnos españoles y extracomunitarios, particulares en ambos casos.
Para los nacionales, entiendo que debo emitir una factura con el IVA (IRPF no, ya que son particulares). Pero ¿Y en el caso de los extracomunitarios? ¿Llevaría IVA? ¿Debo declarlos en algún modelo? ¿O sólo en la Renta del año correspondiente?, a cada uno no le cobraría más de 250€ en un año.
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Mil gracias! ¿pero a los países centroamericanos? ¿Cómo debería hacerlo? Siempre pensando en particulares, no empresas ni autónomos.
Respondido el 23 de octubre de 2014
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Cuidadito con la información del foro que el no tiene ninguna responsabilidad por contestar lo primero que le viene a la cabeza los servicios prestados pr via electronica a consumidores finales se encuentran exentos de IVA cuando no esten localizados dentro de la union europea.
Articulo 69.2 de la ley del IVA
Te ha contestado lo primero que le ha venido a la cabeza
Saludos ALejandro
[email protected]Respondido el 24 de octubre de 2014
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Muchísimas gracias por la respuesta Alejandro.
Un saludo.Respondido el 24 de octubre de 2014
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Buenos días,
Como bien dice @candas, las facturas que emitas a tus clientes fuera de la Unión Europea, están exentas de IVA.
Eso sí, recuerda incluirlo en la casilla correspondiente dentro del modelo 303.
Un saludo,
Pilar
DebitoorRespondido el 24 de octubre de 2014
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Muchísimas gracias Pilar. Me apunto también lo del 303.
Un saludo.Respondido el 24 de octubre de 2014
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Hola Pilar. Entiendo que esas facturas extracomunitarias van en la casilla de "Exportaciones y operaciones asimiladas" del 303. ¿O es en otra?
Saludos.Respondido el 15 de enero de 2015
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