Duda Modulos vs Estimación directa simplificada

Buenos días,

El próximo mes me embarco en la apertura de una papelería y de llevar bastante tiempo dándoles vuelta al tema del IRPF, me estoy decantando por la opción de tributar por módulos, pero hay un par de cuestiones que no tengo muy claras:

- ¿el material que compraría para adecuar yo mismo el local (pintura, brochas, baldas para fabricar estanterías, etc...), es amortizable de algún modo? ¿O sólo son amortizable los bienes comprados y ya listos para su uso (tipo muebles, vehículos, etc...)?. Y que sucede con los servicios contratados: seguros, internet, etc... . Lo pregunto porque en el caso de la estimación directa simplificada, presentando las debidas facturas, todos estos pagos se podrían incluir como gastos, ¿no?

- Para tributar por módulos ¿sería necesario aportar un plano del local, realizado por un perito, de modo que la administración tenga un justificante de las medidas del mismo? ¿O bastaría con los m2 aproximados que se facilitarían en el modelo de alta?.

Muchas gracias.
Un saludo.

Creada el
  • Buenas tardes,

    Como regla general, se pueden amortizar los bienes que vayan a permanecer en la empresa, más de un ejercicio, lo que englobaría, como bien ha dicho usted mismo, el mobiliario o los vehículos.

    En el caso de un negocio de papelería, si tributara por módulos debería acogerse al régimen del recargo de equivalencia, por lo que no podría deducirse las cuotas de IVA, ya que con este régimen no se realizan declaraciones de este impuesto.

    Sobre el asunto del plano, habrá de realizarse de todos modos para solicitar la licencia de apertura en el ayuntamiento del municipio donde instale su negocio.

    Un saludo

    Respondido el

  • Muchas gracias por tu respuesta.
    Un saludo

    Respondido el

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