Duda con recargo de equivalencia

Voy a montar una pequeña tienda de ropa y como he visto en infoautónomos, tengo claro que los comercios minoristas están oblidados al recargo de equivalencia y está exento de declarar IVA, pero un familiar tiene una tienda similar y efectivamente está exento pero cada trimestre presenta el modelo 303 marcando SIN ACTIVIDAD y también el 390.
¿Lo tendría que hacer yo también?

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  • Si solo realiza la actividad de comercio al por menor no tiene sentido presentar el modelo 303
    Si necesitas ayuda [email protected]

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  • Lo primero que hay que ver es el epigrafe exacto en el que esta inscrito, hay epigrafes que estan sujeto al iva simplificado y otros a recargo de equivalencia y hay que presentar el modelo 303, antiguo modelo 310, 311, y el resumen del 390 e incluso el 347.
    Asi que para saber si tienes que presentar estos modelos hay que ver el epigrafe que te inscribes.

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  • Lo primero que hay que ver es el epigrafe exacto en el que esta inscrito, hay epigrafes que estan sujeto al iva simplificado y otros a recargo de equivalencia y hay que presentar el modelo 303, antiguo modelo 310, 311, y el resumen del 390 e incluso el 347.
    Asi que para saber si tienes que presentar estos modelos hay que ver el epigrafe que te inscribes, para más información [email protected]

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  • Bueno esa es otra duda, qué epígrafe escoger o si debo darme de alta en varios, porque venderé lencería, mercería, cinturones, paraguas, telas y algo de ropa de hogar vamos dentro del epígrafe 651, menos peletería. Va a ser en una población pequeña y quiero tener un poco de todo.

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  • Tienes que mirar todos los epigrafes, si quieres acogerte a modulos entonces tendras que ver un epigrafe que este en modulos, si quieres tributar por estimación directa simplificada podrias elegir cualquier epigrafe que se adapte a la venta que quieres realizar. consulta la normativa de la ley de modulos en el boe del 30 de noviembre de 2014, en el cual te aparece toda la información. Si quieres más información [email protected]

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  • Ya he visto lo de módulos y no quiero porque me lo ha desaconsejado gente que está en módulos y en una asesoría que consulté también me dijeron que mejor que no, que puedo renunciar a módulos.
    Gracias por vuestra rapidez.

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  • Pues si el sistema elegido es en regimen de estimación directa simplificada podrias elegir cualquier epigrafe que se adapte a tu actividad, si haces cosas distintas puedes inscribirte en varios epigrafes ya que es gratis y no tiene coste ninguno ni ninguna complicación a la hora de realizar las declaraciones.
    En cuanto al iva si estas en estimación directa simplificada y la actividad es con recargo de equivalencia al ser comercio minorista no tienes que presentar el modelo 303. tan solo tendrias que presentar:
    modelo 130 trimestral
    Si tienes trabajadores o alguna retención de profesional modelo 111
    Si tienes alquiler del local modelo 115
    Todo ello siempre con los resumenes anuales, tambien indicarte que tienes que tener en cuenta que tienes que marcar todas las casillas en el modelo 037 o 036 a la hora de realizar el alta en hacienda.
    En principio estos son los impuestos, pero para puede que haya algun otro en caso de que lo marques.

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  • Salvo que existan sectores diferenciados como puede ocurrir en una pastelería no hay que presentar el modelo 303
    El epígrafe habrá que comer el más adecuado para la acticidas

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  • Hola,

    En tu caso estarias en Estimación Directa (simplificada) y Régimen Especial de Recargo de Equivalencia, por lo que no tendrías que hacer liquidaciónes del IVA.

    Recuerda que a la hora de contabilizar el IVA será un mayor coste de compra, y el IVA de venta será un mayor beneficio.

    Si lo deseas, puedes ponerte en contacto con nosotros sin ningún compromiso que te orientamos gratuitamente.



    Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis.

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