MODULOS: SUPERFICIE DE LOCAL
Saludos. Tengo una duda sobre la que necesito vuestra opinión. Es la siguiente: Empresario que esta dado de alta en el epigrafe 967.2 (Escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte), determinando su rendimiento por el método de estimación objetiva. Conforme lo anterior, uno de los módulos a tener en cuenta en estas actividades es la superficie del local, y en este punto, es donde radica mi duda: ¿Qué superficie de local he de establecer, teniendo en cuenta que no ejerce la actividad en un local propio, sino que la ejerce en 8 locales distintos cedidos por varios Ayuntamientos? Un saludo y gracias.
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El que tu veas el epigrafe no es correcto así que partiendo de eso pon el que quieras posiblemente algun iluminado te dira q metas solo el personal no asalariado y listo. No se cuando hacienda va empezar a sancionar estas cosas
Respondido el 28 de enero de 2015
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Dísculpame candas, pero no he entendido bien tu respuesta. El epigrafe en que esta inscrito sería el correcto, porque su actividad es "la organización de clases de gimnasia, aerobic y danza para deportistas en edad no escolar en instalaciones deportivas cedidas por los Ayuntamientos al sujeto pasivo, así como por la organización de campus deportivo para los escolares en épocas de vacaciones, epígrafe 967.2, “Escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte” (CV 2184-09). Además, cuenta con dos empleados, al margen del empresario. La respuesta que me han dado en el teléfono de información de la AEAT es esa misma, que no tengo que poner metros cuadrados al no ser locales propios, pero no lo veo correcto. En la oficina de la AEAT, para empezar no tenían mucha idea, pero no les ha paracido mal la propuesta que les he formulado de poner la superficie de uno solo de los locales donde da las clases (del más grande por ejemplo). No obstante, me sigue pareciendo una opción todo lo técnica y ortodoxa que debiera ser. Así que, estoy en una situación que no se muy bien como darle salida.
Respondido el 28 de enero de 2015
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Ok en tu caso es defendible que existe cierta estructura empresarial, por lo que el epígrafe puede ser correcto. Si hablas de un empresario que realiza la actividad en varios locales lo primero que se te pasa por la cabeza es que es un profesional.
De las contestaciones de la gente de Hacienda fíate solo en lo justo sirven mas para contrastar tus pensamientos que para otra cosa.
No puedes poner un local afecto por que para que este afecto tiene que poder disponer de el bien bajo propiedad o bien bajo arrendamiento lo cual como sabras el arrendamiento de inmuebles esta sujeto a retencion salvo ciertas excepciones contempladas en la normativa fiscal.
Por lo que la forma de calcular el modulo es personal no asalariado 1800 y personal asalariado pues las horas que trabajen aunque esto ya lo conoceras
No se si esto te habra dado luz sobre por donde tirar y a lo que me refería con lo del epigrafe incorrecto. Caso parecido va ser el de las comunidades de bienes ya veras la que se puede armar como las sociedades civiles tengan que tributar por el impuesto sociedades, por que hay mucha empresa funcionando como comunidad de bienes cuando realmente deberían de ser sociedades civilesRespondido el 28 de enero de 2015
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Ahora si te he entendido. La duda en relación al epigrafe en el que debía darle de alta ya las tuve en su momento, y opte por la opción de considerarlo como actividad empresarial, básicamente, por la forma en que se desarrolla la actividad, es decir, el empresario titular de la actividad no desarrolla, en todos los casos, personalmente la actividad de que se trata, sino que son los trabajadores quienes la desarrollan.
Por lo que respecta, a las sociedades civiles, y comunidades de bienes (si es que las consideramos incluidas en la modificación introducida por la reciente reforma fiscal) a partir de 2016 será otro problema, que no sé aún muy bien el camino que van a seguir los comuneros o socios, pues, en muchos, evidentemente, les va a perjudicar enormente pasar a tributar por el IS. Veremos.
Muchas gracias candas, por la contestación, siempre es importante contar con interpretaciones o puntos de vista más allá del de uno mismo, o personal de la AEAT, que como bien dices, cuando le planteas algo un poco "raro", que se sale de lo "normal", poco más que te dicen, "hazlo como tu veas".Respondido el 28 de enero de 2015
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