modelo 347
Hola amigos,
Tengo la siguiente duda. Tengo un comercio que es una comunidad de bienes y estamos acogidos al recargo de equivalencia. El año pasado nos pasamos de estimación objetiva a estimación directa simplificada. Antes no teníamos que presentar el modelo 347, tengo que presentarlo ahora?
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Buenas tardes. Efectivamente, al estar este año en EDS tenéis obligación de presentar el 347 tanto por las facturas emitidas como por las recibidas que superen los 3.005 €.
Un abrazo.
Francisco J. Sánchez
[email protected]Respondido el 8 de febrero de 2015
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Correcto, tenéis que presentarlo.
Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.Respondido el 9 de febrero de 2015
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