Retenciones en factura
Buenos dias. Estoy dado de alta como autónomo desde este mes de Febrero y estoy reformando el local, por lo que llega la hora de recibir facturas. ¿A quién le tengo que solicitar que añada retenciones en ellas y de que porcentaje hablamos?
En el alquiler del local lo estoy haciendo con un 20%
En la factura que me ha enviado el arquitecto es un 19%
¿Pero por ejemplo de una comunidad de bienes? ¿debería hacer algo?
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La retención en la factura no es obligatoria, puede incluirla voluntariamente el que te presta el servicio (arrendador, profesional,...).
En la web gratuita www.solofacturas.es puedes encontrar ejemplos de estas facturasRespondido el 4 de marzo de 2015
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Pues yo tenia entendido que es obligacion del cliente informar de que se te tiene que retener X % dependiendo del tipo de factura y del tipo de comprador
Respondido el 4 de marzo de 2015
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Hola,
Anda que la explicación que te ha dado el primero no se de donde lo habrá sacado pero asesor seguro que no es, y si lo es pena me dan sus clientes.
Las facturas que recibas de profesionales independientes o arrendamientos todas tienen que ir con retención del IRPF.
Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.Respondido el 5 de marzo de 2015
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Perdona egonzalez93 pero deberías haber leído bien la respuesta. En la respuesta digo que no es obligatorio incluir la retención en la factura (es voluntario), lo cual es distinto a que se tenga que retener. El contenido mínimo de una factura viene recogido en el artículo 6 del Reglamento de Facturación (RD 1619/2012) y no incluye la retención, sin perjuicio de poder incluirla voluntariamente.
En cuanto a la retención en sí, jcarlos1988 tiene la obligación de retener e ingresar las retenciones practicadas cuando pague por el alquiler y los servicios profesionales que cita (con independencia de que el prestador del servicio incluya o no en la factura la retención, que lo normal es incluirla).Respondido el 5 de marzo de 2015
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Mira, yo realmente leo el mensaje que has puesto y entiendo "NO HAY QUE RETENER", puede ser que yo lo haya interpretado mal, te pido disculpas, pero opino que si posteas en foros de este tipo hay que desglosar mas la respuesta ya que realmente en ese post no se entiende lo que hay que entender.
Piensa que ella esta preguntando si ella tiene que retener en las facturas , y la contestas que no esta obligada a la retención en las facturas. ¿Que entenderías?
Un saludo,Respondido el 5 de marzo de 2015
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Por último se me ha olvidado comentarte, que legalmente es tu obligación retener al proveedor que sea profesional.
Respondido el 5 de marzo de 2015
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Buenos días @jcarlos1988,
Efectivamente, como te comenta @egonzalez, las facturas que recibes de profesionales, como puede ser tu arquitecto, debe ir con retención de IRPF. En este caso, es correcto que incluya la retención al 19%, ya que desde enero de 2015, el porcentaje pasó de 21% a 19%.
De igual forma, las retenciones para los alquileres en 2015 quedan en el 20%. En resumen, que las facturas de tu arquitecto y la del local están correctas en cuanto a porcentaje de IRPF.
De igual forma, tienes que retener a los profesionales con los que trabajes y presentar los modelos de irpf pertinentes, como serían el modelo 111 y 115. Te dejo una guía para pequeños empresarios que espero te sirva: https://debitoor.es/guia-pequenas-empresas
Recuerda que si tú emites facturas con retención a tus clientes, con la ley de ayuda al emprendedores puedes utilizar el porcentaje reducido de irpf del 9% durante el año cuando comienzas y los dos siguientes.
Un saludo,
Pilar Martín
Debitoor - Programa de facturación y contabilidad para autónomosRespondido el 5 de marzo de 2015
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Muchas gracias por las respuestas.
La siguiente factura es la del pintor, que constituyen una CB dos hermanos. No están en módulos ni nada. ¿nada de retención no?
Gracias de nuevoRespondido el 5 de marzo de 2015
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