Trade en un concurso de acreedores

Soy un TRADE (autónomo económicamente dependiente) que tengo el 100% de mi dedicación a una empresa que está preparando la presentación del concurso de acreedores.
En el contrato dispongo de cláusulas de rescisión del contrato, por el que deberían indemnizarme con una cierta cantidad por cada año trabajado.
La presentación del CdA ¿puede considerarse rescisión del contrato?
Si deciden prescindir de mis servicios en caso de CdA, ¿que grado de protección tengo, para poder cobrar la indemnización?
Si rebajan mi dedicación y la puedo completar con otros cliente, ¿podría considerar incumplimiento de contrato al no poder tener como mínimo el 75% de mi facturación a esa empresa?

Gracias

Creada el
  • Aunque ha pasado mucho tiempo de tu pregunta la contestare de forma que no sea nociva la respuesta.

    Tu no eres un trabajador de la empresa sino un proveedor o acreedor por lo tanto centrate en cobrar lo que te deben que tu contrato lo van a dejar sin efecto.

    Respondido el

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