TRADE COTIZAR POR CONTINGENCIAS COMUNES
He leído que los TRADE no tienen la obligación de cotizar por contingencias comunes,¿Que pasaría si no cotizo por ello y sufro de una enfermedad común?¿que beneficios me supondría cotizar por ellas?
Muchas gracias!
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Hola, soy Juan Ignacio. Si estás pagando la cuota de autónomo de la seguridad social, estás cotizando por contingencias comunes. Es un cobertura básica que entra dentro de la cuota mensual. Espero haberte ayudado.
Un saludoRespondido el 11 de junio de 2015
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Gracias por tu respuesta Juan Ignacio. Entiendo que si opto por cotizar el 29,8% cotizo por contingencias comunes, pero si opto por cotizar el 26,5% que diferencias me supone?
Respondido el 11 de junio de 2015
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Hola,
La cuota del Autónomo, incluye contigencias comunes (son obligatorias)
Ahora bien, puedes elegir adicionalmente Incapacidad Profesional, Accidente, Prestación por Desempleo...
Si necesitas ayuda: [email protected] , también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.Respondido el 28 de junio de 2015
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SI eres trade tienes que cotizar por contingencias por desempleo....es la ley.
Respondido el 8 de julio de 2015
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