IVA en la refacturación de billetes de avión
Hola.
He tenido que viajar al extranjero en relación con el trabajo de consultoría para mi cliente. Para ello he adquirido y utilizado billetes de avión. La agencia me los ha facturado sin IVA por ser billetes al extranjero.
Mi duda es, ¿cuando yo refacturo estos gastos de viaje, ¿tengo que cargarles el 21% de IVA o es correcto facturarlos sin IVA?
Por otra parte, entiendo que esta factura al ser de gastos de viaje no debe tener retención de IRPF ¿es correcto?
Muchas gracias y un saludo.
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Hola!
En relación a la consulta planteada, será correcto repercutir IVA sobre el importe de los billetes de avión, puesto que al ser servicios accesorios a la actividad principal de consultoría, y ser facturados por quien realiza ese servicio, la base imponible de su factura tiene que incluir todos los conceptos y sujetarse al impuesto por ser una actividad sujeta y no exenta al mismo.
Un saludoRespondido el 3 de julio de 2015
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Muchas gracias por tu pronta y clara respuesta mzaragoza17.
Un saludo.Respondido el 3 de julio de 2015
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