¿IRPF reducido en el modelo 130?

¡Hola!
Me ha surgido una duda con respecto a la retención reducida del 15% que podemos aplicarnos los autónomos en caso de tener unos ingresos bajos y agradecería muchísimo si alguien pudiera resolvérmela.
Trabajo como traductora autónoma desde hace muchos años y mis ingresos anuales totales siempre habían sido superiores a 15.000 euros, pero el año pasado trabajé menos y mis ingresos fueron inferiores a esa cifra (¡por los pelos!, ingresé 14.900), así que este año tendría todo el derecho a beneficiarme del IRPF reducido, ¿no es así? La cuestión es que todos mis clientes son extranjeros, por lo que en ninguna de mis facturas figura ninguna retención de IRPF y tengo que ingresar trimestralmente los pagos fraccionados a través del modelo 130.
Entonces, mi pregunta es: a la hora de rellenar el modelo 130 para calcular los pagos a cuenta cada trimestre ¿podría aplicar ya directamente esa retención reducida del 15%?, ¿aunque en el propio formulario siga indicando que hay que hacer el cálculo en base al 20%? (casilla 4) Simplemente, ¿ignoro esa indicación del formulario y calculo el 15%? Yo creo que sí, ¿no? El trimestre pasado, no me di cuenta de esto, e hice el cálculo con el 20%, en lugar de con el 15%, ¡qué rabia! Pero supongo que en la declaración de la renta del año que viene se recalculará todo y, si he pagado más IRPF de la cuenta, me devolverán lo que corresponda, ¿no?
Muchas gracias por vuestra ayuda. En estos temas ando un poco perdida.. :-(

Creada el
  • Hola!
    Tu explicación es totalmente correcta pero hay un error en la conclusión. Por una parte, tenemos el IRPF (retención) del 15% que has explicado muy bien cuando se aplica. Si tú en lugar de facturar a personas físicas o si tus clientes no fuesen extranjeros, a tus facturas deberías de restar un 15%. Sin embargo, al no tener obligación de aplicarte ese 15%, si tienes que presentar el Modelo 130, que no es más que un pago anticipado a cuenta de tu renta y cuyo porcentaje es un 20%. El 15% es un tipo de retención, y el 20% es un pago a cuenta, y no son lo mismo. Así que de momento, lo estás haciendo bien. Si necesitas ayuda en la confección de impuestos entra en
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    Te podemos ayudar!

    Un saludo,
    Marta

    Respondido el

  • Ah, vale.. pensé que ambos conceptos eran lo mismo.
    Muchísimas gracias por tu rápida respuesta, me has ayudado un montón.
    Un saludo

    Respondido el

  • Hola,

    Los pagos a cuenta siempre son el 20%, ahora bien si tus ingresos la mayoría o todos llevan retención no estas obligado a presentar el modelo 130, y luego ya en la Renta incorporas todos los gastos.

    Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.


    Respondido el

  • Muchas gracias por tu respuesta. Ahora ya me ha quedado todo mucho más claro.
    Un saludo

    Respondido el

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