Gastos para desgravar
Hola,
Soy autonomos hace un año. Pero creo que las declaraciones trimestrales no las estoy haciendo bien. Lo hago yo misma, y no tengo gestora.
Yo estoy dada de alta en el pírate 826, y estoy exenta de iva. Presentó trimestralmente el modelo 130, como me dijeron.
Yo estoy poniendo los ingresos que me aparecen en cuenta bancaria, así como los gastos que emito en mi cuenta bancaria, como gastos de una sala donde imparto mis clases, anunció en google, actualización web, etc.
Yo no emito facturas pues cobro por el servicio a cada persona.
No sé si lo estoy haciendo bien.
Además me acaban de informar de que la gasolina no me la puedo desgravar, y siempre tengo que desplazarme de un sitio a otro y por eso lo metía en gastos.
Me podías dar un poco mas de información por favor. Me da miedo estar haciéndolo mal y que me llegue una inspección, cuando apenas tengo ingresos.
Muchísimas gracias!
Elisa.
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Los vehiculos particulares turismos no son afectos a la actividad por lo que entiendo que no te puedes deducir los gastos del mismo a menos que se den unas causas en la que debido a tu actividad sera complicado que se cumplan.
Aunque rellenar un mero formulario parece sencillo creo que todos los autonomos deberian tener un gestor, asesor o amigo que sepa del tema.
Con la crisis puedes tener un asesor por 30 euros al mes que te evite este tipo de preocupaciones.Respondido el 8 de julio de 2015
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Como bien te dicen lo de deducirse el gasto del vehiculo es tema controvertido y si bien a efectos del IVa se ha desvinculado la adquisicion del vehiculo con los gastos de gasolina en el IRPf existe una mayor restriccion y no podras justificar los mimos.
En cuanto a la facturacion podrias emitir facturas simplificadas si quisieras por el tipo de actividad y los importes de las mismas.
Y en cuanto a la sala si te estan facturando por ella dado que te estan aquilando una parte de un bien inmueble los gastos estan sujetos a retencion del 20% sobre los rendimientos pagados (Rendimientos del capital inmobiliario)
Yo a dia de hoy sigo sin entender como la gente intenta hacer las cosas por si mismas.
En cuanto a la asesoria asegurate de la formacion de tu asesor a veces estar en una asesoria mal asesorado tiene peores consecuencias que llevar las cosas por ti mismo
Si necesitas ayuda
http://fiscalmadrid.comRespondido el 8 de julio de 2015
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Hola,
Los Gastos del vehículo, si se puede demostrar afectación a la actividad económica, si que se podría esa proporción.
Respecto a la facturación, tendrías que emitir facturas, o algún documento acreditativo del ingreso.
Igualmente, te recomiendo que estes en una asesoría.
Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.Respondido el 8 de julio de 2015
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De qie estas hablando la normativa IRPF es muy clarito o es deducible o no lo es no valen las interpretaciones que a uno le de la gana y en este caso no es deducible
Respondido el 8 de julio de 2015
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Buenos días a todos!!
En mi humilde opinión, y teniendo en cuenta la consulta que plantea @elinio, en el caso de la afectación de vehículos a una actividad económica, así como los gastos derivados de los mismos es un tema muy controvertido, y como ya he dicho en otras ocasiones no se puede generalizar. En el IVA existe "la presunción iuris tantum", y salvo que te encuentres en alguna de las situaciones del 95.3.2ª, o puedas demostrar una mayor afectación, sólo se admitirá la deducción del 50%, sin embargo, en este supuesto no nos sirve acudir a la presunción ya que la actividad está exenta del IVA y por lo tanto, no tenemos IVA deducible de ningún tipo. Otra cosa es el IRPF, y @candas tiene razón, en todo el articulado de la norma no se habla de una afectación parcial, o está afecto o no lo está.
Por último decir que estoy totalmente de acuerdo con todos vosotros, nunca te puedes fiar de lo que te diga tu amigo o vecino, aunque sepa mucho del tema y a él Hacienda "nunca le ha comprobado nada ¿será que lo estoy haciendo bien?, Hay cosas que sólo un profesional del sector sabe como enfocar y algunos ofrecen servicios dirigidos a asistirte ante comprobaciones o inspecciones de Hacienda.
Un saludo y que tengáis un buen día.
Marta
https://www.infoautonomos.com/u/mzaragoza17/Respondido el 9 de julio de 2015
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Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.
Se agradece la rapidez, aunque veo que nada está muy claro. La última gestora que tuve hizo mas fallos que yo. Así que ahí también hay que tener cuidado. Intentaré pedir cita en la cámara de comercio, creo que allí también me pueden asesorar, verdad?
Gracias por todas las respuestas.Respondido el 9 de julio de 2015
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Llama a quien quieras pero te dira lo mismo. O usas ese vehiculo de forma exclusiva en tu negocio o despidete de desgravar absolutamente nada.
Ademas te digo de antemano una cosa para desgravar tienes que demostrar (no hay presuncion) que no lo empleas en tu vida privada absolutamente para nada.
Todo esto aparece en las consultas vinculantes de la agencia tributaria.
Busca un buen asesor, Candas parece uno de los buenos, habla con el que seguro que te ahorra quebraderos de cabeza.
Se puede ahorrar dinero sin necesidad de jugarse el tipo.
Los taxis a la larga te salen mas baratos que un coche y son desgravables.Respondido el 9 de julio de 2015
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Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.
Se agradece la rapidez, aunque veo que nada está muy claro. La última gestora que tuve hizo mas fallos que yo. Así que ahí también hay que tener cuidado. Intentaré pedir cita en la cámara de comercio, creo que allí también me pueden asesorar, verdad?
Gracias por todas las respuestas.Respondido el 10 de julio de 2015
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En la camara de comercio poco te van a decir yo me he criado entre buitres solo que un dia me pase al lado oscuro jajajaa.
Respondido el 10 de julio de 2015
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