IVA recargo de equivalencia
Buenas tardes, me he dado de alta como autónomo y en hacienda como comercio al por menor sin establecimiento, en hacienda me han indicado que el IVA es por recargo de equivalencia y que al no hacer IVA no puedo degravarme los gastos. Mi pregunta es si puedo desgravarme el IVA soportado en el IRPF y como debo hacerlo si en los pagos trimestrales o en declaración de la renta. Gracias, saludos
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Hola,
No, no puedes desgravartelo, en el recargo de equivalencia, como no tienes que hacer declaraciones de IVA, no desgravas, pero por otro lado tampoco ingresas en hacienda el IVA de tus ventas, la compensación de hacienda para esto es que el IVA de tus compras es un poco mayor que si no estuvieras en ese sistema. Saludos.Respondido el 14 de abril de 2012
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Hola
Te recomiendo nuestro artículo sobre el recargo de equivalencia (https://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/fiscalidad/recargo-de-equivalencia/) y también la introducción a los impuestos del autónomo, que te ayudará a situarte mejor: https://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/fiscalidad/fiscalidad-autonomo/
un cordial saludoRespondido el 16 de abril de 2012
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