Régimen general con exclusiones

Hola!
Estoy mirando de montar una SL con un socio para montar una tienda, nos preocupa un poco el gasto mes a mes y la cuota de autónomos para socios es altísima. Mi socio tendría un 77% de las acciones y yo un 23%, él sólo sería socio capitalista y yo la administradora, he leído que al no tener más de un 25% de las acciones puedo estar en régimen general, aquí viene mi pregunta: Si en los estatutos se establece como no retribuida la función de administrador, ¿hay que hacerme nómina? ¿cuánto pagaríamos de SS como mínimo? La idea es intentar pagar lo mínimo como empresa, yo no quiero cobrar nada.

Gracias

Creada el
  • Estás obligado a darte de alta como autónomo en los siguientes supuestos:

    Si tienes más del 50% del capital de la empresa.

    Si tienes menos del 50%, pero vives con familiares directos que también son socios y la suma de vuestras participaciones supera el 50%.

    Si ejerces labores de dirección y gerencia y tienes más del 25% del capital. Si no llegas al 25% de las participaciones, puedes afiliarte en el Régimen General asimilado (sin derecho a desempleo ni al Fondo de Garantía Salarial o Fogasa).

    Si no te identificas con ninguno de estos supuestos, puedes afiliarte en el Régimen General.

    Respondido el

  • SIp asi es,

    Al resto de tus preguntas y con el fin de ayudarte, si en los estatutos pones como no retribuida la funcion de administrador como vas a pagarte, si lo haces se considera una liberalidad y por tanto no te puedes llevar este salario a gastos......

    Respondido el

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