Equivocación modelo 130

Hola a todos! Tengo un problema con dicho modelo y su presentación. Inicié la actividad profesional de programador informático en mayo del año pasado. Solo he trabajado para empresas por lo tanto debería aplicar la retención del IRPF en las facturas que emito y después no tengo la obligación de presentar el modelo 130. Sin embargo la serie de personas que me asesoraron con la creación de las facturas para empresas y demás lo hicieron mal y desde entonces no reflejo en las facturas que emito a las empresas el IRPF a retener, solo el IVA y yo realizo un modelo 130 para declarar trimestralmente el IRPF a parte por supuesto del modelo 303 para el IVA.

Mi pregunta es: ¿Aunque yo no refleje en mi factura el IRPF que tienen que retener, lo hacen igualmente?

He recibido una carta de Hacienda debido a este problema diciéndome que hay una incongruencia ya que yo no debería presentar modelos 130 debido a mi situación censal y me proponen como resolución darme de alta para realizar dicho modelo. Otra pregunta aquí es si debo hacer alegaciones para que no cambie mi situación censal y retener a partir de ahora el IRPF en cada factura y no hacer el modelo 130 o por el contrario permitir la resolución propuesta y hacer el modelo 130 trimestralmente.

Creada el
  • Hola,

    Haber imagino que no estarás reflejando en las facturas el IRPF, por lo que tus clientes dudo que lo esten realizando ¿A tí en la declaración de la Renta del 2.014 te aparecio ingresos y retenciones?

    Igualmente, si quieres ponte en contacto con nosotros y sin ningún compromiso te ayudamos, pero lo ideal es que aceptes la rectificación censal y a posterior procedas a darla de baja y retener.

    Para así evitar inspección, y el por que no te han retenido...

    Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.

    También puedes encontrar información, articulos,.. en http://www.asesoriagrg.es/index.php/blog

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  • Buenas, gracias por las respuestas. En el borrador que me pasaron, no aparecen los ingresos y retenciones, lo unico que aparece son los pagos fraccionados del modelo 130 y la cuota de autonomos total que pagué el año pasado. ¿esto quiere decir que no han retenido nada las empresas a las que emití las facturas sin el IRPF especificado?

    ¿Entonces lo que debería hacer es aceptar la rectificación censal y luego darme de baja de rellenar el modelo 130 y a partir de ahí empezar a emitir las facturas con el IRPF ya especificado?

    Por cierto me pasare por vuestra web a echarle un vistazo ya que me parece interesante y me estáis sirviendo de mucha ayuda. Muchas gracias!

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  • Hola Adrián,

    Si no te aparece en la Renta, significa que en el 2014 ningún cliente tuyo ha pagado ninguna retención a Hacienda.

    Lo correcto es como te decía.

    Si, lo mejor es que presentes ahora el 130 y el 303, y luego da de baja la obligación del 130 con fecha del 30/09/2015 y así no tienes que presentar ya el 4T.

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  • Por cierto se me ha olvidado comentar que debería presentar el modelo 303 ya que estamos en el momento de hacerlo. Como todavía no se ha hecho la rectificación censal, ¿presento también el 130 como hacia hasta ahora o esta vez no lo presento?

    Siento el doble post, es una duda que me ha surgido ahora mismo.

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  • Realmente la obligación de retener la tienen tus clientes, como bien dice egonzalez93 mira lo del año pasado, a ver si te practicaron retención a pesar de que tu no lo reflejabas en la factura.

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