Gastos deducibles de comida y Cheque Gourmet

Hola:

Soy autónomo y trabajo como consultor externo en una empresa.
Para desplazarme al trabajo voy en transporte público (uso un abono de transporte mensual).
En lo que respecta a la comida suelo llevar comida de casa pero como uno o dos días a la semana fuera.
Hasta el momento no he presentado estos gastos en la declaración de IVA ni en la declaración de IRPF, más que nada porque no tengo facturas de ellos.
Para pedir factura del abono de transporte hay que ir al consorcio de transportes (vamos que no está fácil la cosa) y de las comidas pues no es fácil ir pidiendo facturas en todos los sitios y más cuando como con más gente.
Me han hablado de los Cheques Gourmet para agrupar estos gastos en una factura.
Le pregunté a mi asesor sobre el tema y me dijo que los gastos de comida y transporte no son deducibles a no ser que estén directamente relacionados con una operación (por ejemplo me voy de viaje a cerrar un contrato).

No entiendo porque no son gastos deducibles si como fuera de casa a causa de mi trabajo y pago el abono de transporte para desplazarme a mi trabajo. Es decir, ambas cosas están relacionadas directamente con mi trabajo.

Creada el
  • Hola Juan,

    Tu asesor lleva razón, piensa que si trabajases como asalariado (trabajador) tampoco podrías deducirte los gastos de transporte hasta tu trabajo, comída diaria..

    Los transportes que hagas en tu jornada (visitar clientes, proveedores...) Si que serán deducibles, pero no los transportes realizados desde tu casa al centro de trabajo.


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  • Hola:

    La verdad es que no te he entendido muy bien. Si trabajase como asalariado lo entiendo. Pero ese no es el caso.

    El caso es que soy un autónomo que trabaja en las oficinas de su cliente. Las oficinas no son mías.

    Un saludo.

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  • Haber, entiendo que si vas a oficinas de tu clientes (te estas desplazando de oficina en oficina) en ese caso el desplazamiento SI que sería deducible.

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  • Efectivamente ese es el caso.

    En mi alta com autónomo yo no tengo una dirección en el apartado "La actividad se desarrolla en un local determinado", es decir no tengo una oficina de trabajo.
    Realizo trabajos desde casa o como es este caso me desplazo a las oficinas de mi cliente todos los días para realizar mi trabajo, y por supuesto también realizo gastos de comida en la zona de las oficinas de mi cliente.

    Un saludo y gracias.

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  • Hola:

    Soy autónomo y trabajo como consultor externo en una empresa.
    Como dice egonzalez93,los desplazamientos diarios a una empresa (para la que das a entender que trabajas únicamente por tu presentación que he citado arriba) no son deducibles, o tendrías problemas con ellos el día de mañana si te los deduces y te toca una inspección.

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  • Si, trabajo para una empresa como he comentado, digamos que esa empresa es mi cliente.
    Un saludo,

    Respondido el

  • Hola Juan.
    A mi modo de ver no es deducible,razono mi respuesta a continuación;
    Me imagino que si dices que te desplazas a diario a la empresa es porque en el 036 te distes de alta alegando que trabajarías desde casa.
    Si fuera el caso de que pongamos, una vez por semana vas a donde tu cliente, recoges información, o tienes una pequeña reunión o lo que sea, y vuelves a tu casa a seguir trabajando en ello,ese desplazamiento si sería deducible.
    Si lo haces a diario,y trabajas allí,no estás trabajando en casa, si tendrías otro cliente,(me imagino que no,que eres TRADE y trabajas únicamente para ellos) irías también a su oficina y no trabajarías desde casa.
    Realmente no es que te estés desplazando a donde tu cliente,estas desplazándote a tu centro real de trabajo,y eso no es deducible.

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  • Hola,
    La empresa ahora mismo es mi principal cliente y voy a la misma todos los días en horario laboral pero también realizo otros proyectos y en esos casos trabajo desde casa. Es decir, no es mi único cliente. Tengo otros clientes y en esos casos normalmente trabajo desde casa.

    Un saludo,

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  • Entendido Juan.
    Si puedes justificar entonces que te desplazas a diario a donde tu cliente para trabajar con él y tal al igual que haces con otros clientes pero con menos asiduidad te puedes deducir esos gastos. Yo evitaría igual meter TODO, mejor no buscarse líos con hacienda.

    Respondido el

  • Entiendo, ya veo que no es lo mismo si trabajas solo en un sitio aunque sea de autónomo porque se considera un desplazamiento a tu lugar habitual de trabajo que si trabajas en varios clientes porque se considera un desplazamiento a trabajar o ver a tu cliente.

    Un saludo y gracias.

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  • Buenas,
    Yo estoy en una situación similar, soy médico y trabajo en varios centros médicos a los que me desplazo desde mi domicilio (donde tengo ubicado mi domicilio fiscal al desplazarme a varios lugares), o bien al mediodía me desplazo desde un centro a otro para seguir trabajando por la tarde. Por lo que estoy leyendo, en lo que respecta a mi situación fiscal, debo entender que cuando me desplazo desde mi domicilio particular al centro médico no puedo deducir ese gasto en trasporte pero sí puedo hacerlo cuando me desplace desde un centro (donde trabajé por la mañana) a otro (donde trabajaré por la tarde). No deja de ser un sinsentido...
    Por otro lado, los días que entre centro y centro dispongo de algunos minutos para comer algo, no me queda claro si puedo deducirme la comida. No me da tiempo a ir a casa a comer y no tengo dónde calentar un "tupper"...
    Agradecería vuestros consejos, un saludo!

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