Pagar pagas

Tengo un empleado desde el 24 septiembre del 2011 y finaliza contrato el 30 de abril del 2012. Mi pregunta es la siguiente. Cómo puedo hallar las pagsa extraordinaria que le corresponde cuando finiquite. ¿Tengo que pagarle la de junio y diciembre o sólo la de junijo ? Téngase en cuenta que le pagué parte proporcional de diciembre el año pasado y no sé si este año tengo que pagarle las dos o sólo una. No hay convenio colectivo.

Muchísimas gracias.

Creada el
  • Hola
    Tienes que pagarle la parte correspondiente al tiempo trabajado. Si 12 meses dan lugar a 2 pagas extras, 4 meses dan lugar a 2/3 de paga extra.
    Tabién tendrás que incluir las vacaciones no disfrutadas que puedan corresponder por los 4 meses de 2012 así como las indemnizaciones previstas para contratos eventuales o de duración determinada, que creo recordar que es de 8 días por año trabajado o la parte proporcional.
    Un saludo

    Respondido el

  • Muchísmas gracias por tu contestación, me ha quedado bien claro

    Respondido el

  • 1
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