Requisitos para que un profesional sea autónomo

Soy autónomo y tengo dos consultas de fisioterapia y otras actividades de salud. Actualmente colaboro con otros profesionales que vienen a mi consulta a atender a los pacientes que demandan estos servicios. Para ello, hice un contrato de prestación de servicios profesionales. En dicho contrato queda claro que "desarrollan su actividad con criterios organizativos propios". Ellos hacen y deshacen a su antojo. Y yo sólo les pago un porcentaje en función del trabajo realizado mensualmente.
Últimamente me han dicho que podrían ser "falsos autónomos" y con lo que he leído en estos foros no me acaba de quedar claro. Alguno de ellos tiene su propia consulta, otros trabajan en otros lugares o haciendo domicilios, y alguno trabaja casi exclusivamente para mí... Querría regularizar la situación aunque a ninguna de las dos partes les interesa que sean empleados "por cuenta ajena". Como supuesto "empresario", ¿qué debo hacer? ¿Qué debería incluir en el contrato de prestación de servicios para evitar una sanción en caso de inspección laboral? Si no disponen de infraestructura propia (entiendo su propia consulta) NO PUEDEN ser autónomos? Yo empecé mi actividad como autónomo trabajando a domicilio...
En fin... gracias.

Creada el
  • Entiendo que si a día de hoy tienes una inspección si tendrías problemas, si ellos prestan sus servicios a su "antojo", pero utilizan tus medios, tu cliente, tu local, tus productos,cremas,camilla..

    Una forma de hacerlo sería que ellos que son autónomos sean los que cobren al cliente, y tu te lleves una comisión acordada porque el servicio lo ha prestado en tu consulta.

    Respondido el

  • Gracias Pablo y Candas. Os contesto a los dos a ver si llego a una conclusión... Quizás es cierto que el tema está en quién factura a quién...
    Mis colaboradores utilizan sus productos (cremas, vendas, agujas...) pero la facturación de los pacientes va a mi nombre (aunque los pacientes son suyos... yo no conozco a casi ninguno). Así, a final de mes mis colaboradores me facturan a mí y yo les hago la retención con el Mod. 111. Visto así los pacientes parecen míos...
    Entonces... podría pedir a mis colaboradores que facturen a sus pacientes y posteriormente, cada mes, yo les facturaría a ellos.
    Mi problema está... ¿En concepto de qué les puedo facturar? Tengo claro que podría subarrendarles parte de la consulta (Mod. 115)... pero, además de que pagarían el IVA, yo tendría que pedir permiso a mi arrendador y podría ponerme impedimentos o subirme el alquiler... ¿Podría hacerlo como prestación de servicios? Yo les facturo a ellos y ellos me hacen la retención correspondiente (Mod. 111). Y para eso... ¿existe algún modelo de contrato que vaya en este sentido? En fin... Gracias por la ayuda.

    Respondido el

  • Yo entiendo que cada uno tiene sus propios clientes y que el porcentaje de la retribuccion obtenida es en funcion de sus clientes que son ajenos a los tuyos siendo asi no creo que tengas problema, por otra parte lo de usar los materiales propios puede ser un problema pero siempre les puedes facturar por el uso de esos materiales y en aquellos en los que trabajan casi en exclusividad contigo si lo que les tienes alquilado es una sala o algo subarriendala con esto ya estarias dando indicio de que cada uno va por libre

    Si necesitas ayuda http://fiscalmadrid.com

    Respondido el

  • Gracias Pablo y Candas. Os contesto a los dos a ver si llego a una conclusión... Quizás es cierto que el tema está en quién factura a quién...
    Mis colaboradores utilizan sus productos (cremas, vendas, agujas...) pero la facturación de los pacientes va a mi nombre (aunque los pacientes son suyos... yo no conozco a casi ninguno). Así, a final de mes mis colaboradores me facturan a mí y yo les hago la retención con el Mod. 111. Visto así los pacientes parecen míos...
    Entonces... podría pedir a mis colaboradores que facturen a sus pacientes y posteriormente, cada mes, yo les facturaría a ellos.
    Mi problema está... ¿En concepto de qué les puedo facturar? Tengo claro que podría subarrendarles parte de la consulta (Mod. 115)... pero, además de que pagarían el IVA, yo tendría que pedir permiso a mi arrendador y podría ponerme impedimentos o subirme el alquiler... ¿Podría hacerlo como prestación de servicios? Yo les facturo a ellos y ellos me hacen la retención correspondiente (Mod. 111). Y para eso... ¿existe algún modelo de contrato que vaya en este sentido? En fin... Gracias por la ayuda.

    Respondido el

  • Estas cosas yo me las reservo para mis cleitnes ya que necesitan un estudio previo el tema es bastante complejo y no todo se puede ofreer gratis y menos en un foro del que no saco benficio .

    Esperoq ue no te parezca mal la contestacion y si quieres llamarme no tengo ningun inconveniente y que abones la consulta

    Me quedo a la expectativa de loq eu pudiese contestar el compañero

    Respondido el

  • Hola,

    Haber, si yo entiendo bien, ellos son autónomos y van a tu consulta a ofrecer otros servicios, ellos traén los medíos, accesorios, consumibles,...

    Por lo que realmente es un servicio prestado por un tercero para tus clientes, así que no vas a tener ningún problema.

    Hace poco tuve una Inspección de Trabajo de un centro de estética, que cada x tiempo viene una chica a hacer depilación laser que trae su máquina y demás, ella es autónoma y Inspección explicandolo bien no ha habido ningún problema.

    Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.

    También puedes encontrar información, articulos,.. en http://www.asesoriagrg.es/index.php/blog

    Respondido el

  • Respecto de los profesionales que vienen de vez en cuando desde luego el problema esta en esos profesionales que trabajan casi en exclusiva para el a los que le tiene cedido cierto espacio del local.

    Si tienes una peluqueria viene una menicurista de vez en cuando se trae sus productos y demas y ofrece un servicio distinto el problema es cero.

    Si tu tienes una clinica de fisioterapia y contratas un servicio externo que trae sus productos no hay problema el problema lo tienes cuando en ese local tienes personas trabajando casi en exclusiva paa ti a las que le tienes cedido cierto espacio utilizan tu camilla ....

    Respondido el

  • Gracias de nuevo a los dos. El problema que me he encontrado es que después de preguntar a diferentes profesionales... cada un me ha dicho algo distinto. Sé que depende de muchas cosas... así que me gustaría tener muy claro lo que voy a hacer antes de hacerlo para después olvidarme de ello. Y es por eso también... que después de preguntar a esos profesionales y no obtener algo claro me he decidido a preguntar en un foro abierto de autónomos... a ver si alguien estaba en una situación similar.
    Finalmente me queda un poco más claro. Aunque sigo sin la certeza que me gustaría...
    Os tendré muy en cuenta como asesores si finalmente decido invertir en ello.

    Saludos!

    Respondido el

  • Revisa tu contrato de arrendamiento Ramón,si no se hace mención a temas de subarrendamientos no debes de tener problemas.
    Siempre puedes hablar con el,hablando se entiende la gente.
    Si ellos además llevan sus cremas y lo que necesitan, yo creo que es la forma más adecuada y sencilla de justificar todo, como prestación de servicios lo veo mas enrevesado.
    Yo en breves abro mi propia asesoría, y entiendo la postura de Candas, no dudes en llamarle que será dinero bien invertido,te lo deduces como gasto, te aclara tus dudas, y todos salen ganando. win&win.

    Respondido el

  • 1
Volver