Cambio de domicilio a Ceuta. ¿Diferencias?

Buenos días a tod@s,

Me he trasladado a vivir a Ceuta por motivos de trabajo y se me plantean algunas dudas. Espero que me podáis solucionar algunas de ellas...
- En primer lugar, para cambiar el domicilio fiscal es necesario hacerlo en cada una de las administraciones? Yo he dado constancia del cambio en Hacienda. Tengo que hacerlo también en la SS?
- Para beneficiarme de las rebajas en las retenciones del irpf simplemente tengo que cambiar el porcentaje de las facturas una vez haya hecho efectivo el cambio de domicilio en Hacienda? y para beneficiarme de la rebaja en la cuota mensual de autónomos?
- Tengo que seguir haciendo la declaración trimestral del IVA? Las empresas a las que voy a facturar son de la península. Tengo que seguir facturándolas con IVA?

En fin... estas son las principales... jejej Os doy las gracias adelantadas por el cable. Saludos!

Creada el
  • Hola,

    Tendrías que hacer el cambio, y trámitar el ALTA en la Administación Tributaria de Ceuta y Melilla para empezar.

    Allí no tenéis IVA tenéis IPSI, por lo que tendrías que explicarme que servicios o que vas a realizar para poder decirte como debes de facturar, ya que no tenéis IVA.

    Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.

    También puedes encontrar información, articulos,.. en http://www.asesoriagrg.es/index.php/blog

    Respondido el

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