IRPF en Facturas, si o no, y que %

Buenos días, me ha dado de alto como Autónomo en Santa Cruz de Tenerife (Canarias), lo he realizado en la Cámara de Comercio a través de la Ventanilla Única Empresarial, desde ahí me han comentado que no tengo que hacer nada más, ni ir a Hacienda, ni Seguridad Social, ni nada, según ellos desde ahí queda todo realizado. La empresa que voy a montar es una tienda on-line y tengo un sin fin de dudas, la primera de ellas es si debo incluir el I.G.I.C. (Impuesto General Indirecto Canario) lo equivalente al I.V.A. en las Facturas, según he leído en esta misma página al ser comercio minorista la factura debe ir exenta de I.G.I.C., lo que no me queda nada claro es si tengo que incluir el I.R.P.F. en la factura, en que porcentaje, y si se suma, o resta al precio final del artículo. Siento tantas preguntas pero es que soy novato en todo esto. Gracias. Un saludo.

Creada el
  • Hola,

    En tu caso estarías sujeto al Recargo de Equivalencia, no tienes que realizar declaraciones del IGIC, pero en la factura si que tienes que reflejarlo.

    Ahora bien, como eres comercio al por menor, no tienes reflejar ninguna retención del IRPF en las facturas, solo el IGIC.

    Trimestralmente tendrás que presentar IRPF.

    Te recomiendo, que te lleve la gestión una asesoría o gestoría, nosotros por 18,90€/mes podemos llevar.

    Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.

    También puedes encontrar información, articulos,.. en http://www.asesoriagrg.es/index.php/blog

    Respondido el

  • Buenos días, no es que dude de su profesionalidad, veo que es una Asesoría, pero he visto varias facturas de Autónomos de Canarias y en prácticamente todas, no está el I.G.I.C. incluido, y sigo con la duda, no quiero empezar haciendo las cosas mal.

    Respondido el

  • No es que no este el IGIC es que el comercio al por menor en si no tiene obligacion de facturar salvo que venga un empresario o profesional y le exija que realice una factura.

    Por otra parte tendras que pagar un recargo de equivalencia al ser legislacion a parte de la del IVA pero al parecerse bastante los impuestos tendras que pagar un recargo ese recargo sustituye tus obligaciones con Hacienda de cara al IVA IGIC.

    Los tipos cambian asi que no me atrevo a decirte cual sera el impote del recargo seria cuestion de miralo.

    La factura o recibo de compra emitido podria incluir el IGIC pero deberia indicar Igic incluido

    Respondido el

  • Buenos días,

    Tengo la siguiente duda:
    Fui autónoma docente de marzo a Junio de 2015 y apliqué un 9% de retención (IRPF) en las facturas.Me di de baja y ahora en Noviembre he vuelto a ser autónoma durante sólo este mes. Al hacer ahora la nueva factura (para otra empresa) debo seguir aplicando el 9% o el 7% que ha entrado en vigor en Julio. Muchas gracias de antemano.

    Respondido el

  • 1
Volver