349 trimestral no presentado por error
Preparando la presentación anual del 349 me acabo de dar cuenta que hemos metido la pata y bien y no sé si puede tener solución sin multa.
En su momento leí que al no realizar operaciones superiores a 35.000 en el año podíamos hacer una única declaración anual y no una cada trimestre, por lo que me despreocupé del 349 durante todo 2015.
Pero hoy releyendo varios artículos, veo que eso sólo es aplicable a las ventas (bienes o servicios) y nosotros sólo hemos hecho adquisiciones, de manera que debíamos haber hecho presentaciones trimestrales.
Mis operaciones intracomunitarias (compras) han sido:
T1 - 8 Facturas - 151 €
T2 - 4 Facturas - 75 €
T3 - 3 Facturas - 107 €
T4 - En plazo para presentar la declaración trimestral.
Ahora mi duda es cuál es la mejor manera de solucionarlo, o, mejor dicho, la más económica en cuanto a sanciones:
- ¿Presento en Enero sólo una declaración anual por mis adquisiciones? ¿Así sólo habría una posible sanción o igualmente me harían una sanción por cada trimestre?. Lo digo porque he visto que hay unos mínimos de sanción y he pensado que así podría ser menor el montante.
- ¿Presento las 4 declaraciones trimestrales ahora, aunque 3 estén fuera de plazo y asumo tres sanciones? He leído que la sanción es un 50% menor si eres tú el que informa del error antes de que Hacienda reclame.
- Hacer una venta fuera de España en el cuarto trimestre, ¿eso compensaría en lo haber hecho ventas fuera en resto de los trimestres? Tengo conocidos viviendo fuera de España a los que les haré un trabajo en 2016 y podría pedirles el favor de fácturarles ahora parte del trabajo, en concepto de reserva o similar, ahora en 2015. Trabajamos a particulares sólo no a empresas. ¿Serviría un español residiendo y trabajando fuera de España?
Gracias
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Las adquisiciones intracomunitarias tanto de bienes cono de servicios no influyen en el plazo de presentación puedes presentarla anual sin ningún problema
Respondido el 26 de diciembre de 2015
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Muchísimas gracias, nos acabas de alegrar el día.
Respondido el 26 de diciembre de 2015
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Hola Jorge,
Efectivamente como te dice candas, las adquisiciones puedes presentarlas de forma anual.
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También puedes encontrar información, articulos,.. en http://www.asesoriagrg.es/index.php/blogRespondido el 26 de diciembre de 2015
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