Autónomo colaborador, ¿matrimonio?

Hola buenas, me gustaría saber si para poder contratar a mi pareja como autónomo colaborador es necesario que estemos casados, vivimos juntos y él depende económicamente de mí pero no somos pareja de hecho ni estamos casados. ¿es posible contratarlo como a.colaborador siendo pareja de hecho?
Gracias por su respuesta.

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  • Buenos días cecirts,

    Para que pueda ser considerado autonomo colaborador ha de ser familiar directo, es decir, cónyuge y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (hijos, padres, hermanos, nietos, abuelos, cuñados y suegros). Esto también incluye a los hijos adoptivos, que se pueden acoger a este régimen. Sin embargo no se considerará familiares directos los biznietos, sobrinos, tíos y primos.

    Siempre que no sea familiar directo por consanguinidad, es decir de sangre, deberá ser cónyuge o pareja de hecho y residir en el mismo domicilio. Realmente existen inconsistencias entre la Ley 3/2012, de 6 de julio, y lo que establece a veces la Seguridad Social.

    Un saludo,
    Sergio

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  • Muchas gracias por su respuesta, y ¿sabría decirme si es necesario demostrar un cierto tiempo como pareja de hecho? Gracias de nuevo, un saludo.

    Respondido el

  • De nada :)

    La ley establece que debe haber una convivencia ininterrumpida de cinco años y que se deben presentar certificados de empadronamiento que así lo avalen.

    Un saludo,
    Sergio

    Respondido el

  • Efectivamente, tal como te dice Sergio, puedes hacer lo de Pareja de Hecho, igualmente habla con tu ayuntamiento y que te informen de los requisitos y trámites.


    Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.

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