Disolver y Liquidar Sociedad Civil
Buenos días,
Tengo junto a otro socio un SC, 90% de participación (socio trabajador) y 10% (socio capitalista) respectivamente. Hemos decidido cesar la actividad, y disolver por completo la SC.
No tenemos deudas con nadie, ni créditos, tampoco ganancias.
Mi duda es como debo repartir entre los dos socios los bienes que tendría la SC, un ordenador, dos mesas y dos sillas. Y si tendríamos que declarar estos bienes en IRPF o no hace falta.
Muchas gracias.
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Buenas tardes!
En principio, deberían de repartirse los bienes en función de la participación que cada uno tuviera en la sociedad. Ya vosotros mismos estableceríais el baremo para ver qué corresponde a quién. Si te surgen más dudas, no dudes en contactar con nosotros por privado.
Un saludo!
Atte, Grupo Bianco.Respondido el 5 de mayo de 2016
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Hola,
Efectivamente, tenéis que repartir los bienes según el porcentaje de participación que tenga cada uno de la SC, dejarlo reflejado en un contrato de disolución, liquidarlo por el ITPJD, y posteriormente modelo 036 de disolución.
Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.
También puedes encontrar información, articulos,.. en http://www.asesoriagrg.es/index.php/blogRespondido el 15 de mayo de 2016
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