Contrato obra y servicio a familiar
¡Hola!
Tengo una duda y me gustaría que me ayudaran. Soy autónomo, y estaría interesado en contratar a mi hermano (ambos compartimos vivienda) de forma ocasional, con un contrato por obra o servicio.
Tengo entendido que si se hace un contrato formal debe hacerse "autónomo colaborador" por ser familiar de segundo grado y compartir vivienda, ¿pero al realizarse un contrato por días sueltos también debería hacerse "autónomo colaborador"?
Muchas gracias y saludos.
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Estos son los requisitos que aparecen en esta propia página web en el artíuclo relacionado con los autónomos colaboradores:
Familiar directo: cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.
Que estén ocupados en su centro o centros de trabajo de forma habitual. No debe tratarse de una colaboración puntual
Que no estén dados de alta como trabajadores por cuenta ajena.
La segunda no la cumpliría.
Un saludo.Respondido el 21 de junio de 2016
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