suplidos?
Hola. Acabamos de constituir una comunidad de bienes dedicada a realizar rutas familiares por ciudad. El primer trabajo ya nos ha llegado y nos han pedido que les gestionemos también un restaurante para comer. El cliente nos ha dado un presupuesto y nos hemos ajustado a él. La pregunta es: en la factura detallamos el importe de la comida (iva incluído), y nuestros servicios, que sí llevan el IVA y el IRPF detallado. ¿Es correcto incluir en nuestra factura una línea con el importe de la comida, sin más, y luego abajo, poner la base sobre la que se aplican los tipos de IVA e IRPF? El restaurante luego factura a la comunidad de bienes y nod podremos deducir el IVA, no? Gracias de antemano.
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Buenas tardes, si la factura del restaurante va a nombre de la CB, ustedes tienen que repercutir ese importe al cliente como si fuera un venta suya, si va a nombre de su cliente, entonces si que puede ir como suplido. Para más información puedes contactar con nosotros por correo privado. Un saludo.
Respondido el 10 de noviembre de 2016
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Aqui tienes una explicacion detallada del tema http://asesoriaonlineajc.com/que-son-los-suplidos-y-como-se-contabilizan/
Respondido el 10 de noviembre de 2016
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