Ayudas contrato cubriendo baja por riesgo laboral

Soy autónoma, osteópata y quiromasajista y también acabo de montar una sociedad con mi pareja, a la que pensamos facturar ambos, para abrir una academia y estoy embarazada de 28 semanas.

Yo no me encuentro ya bien para trabajar, de hecho ya no soy capaz de pasar consulta por lo que mi actividad ahora consiste en atender a los clientes y hacerme cargo de la administración de la academia, sin embargo incluso esto lo llevo mal, porque la academia está además en otra ciudad, y me quiero dar de baja (que ya lo tendría que haber hecho hace tiempo).

Mi problema es que yo en la academia paso entre 16 y 24 horas, por lo que un contrato por interinidad a jornada completa no tiene sentido, nos gustaría contratar a alguien pero con un contrato de media jornada o de 20 h que serían suficientes para cubrirme a mí.

¿Qué posibilidades tenemos? ¿Sería posible hacer el contrato con interinidad bonificado a media jornada?

No sé incluso si nos conviene simplemente cerrar la academia en diciembre las horas que yo no pueda estar, con lo que ello conlleva, y contratar, con alguna ayuda (ya que la empresa actualmente ni produce ingresos) a una persona para la administración para los cursos que queremos sacar el año que viene.

¿Qué opciones hay?

Y otra duda ¿contrato yo como autónoma o la sociedad?

Creada el
  • Hola,

    He estado leyendo tu post y entiendo que tú trabajas como autónoma pero por otro lado, quieres que la persona que te sustituya trabaje para la academia, la cual es de la sociedad.

    Como autónoma puedes contratar a otra persona, sin embargo es importante ver si la persona que vas a contratar es también autónomo/a o empleado/a. Si es el primer caso, la relación es de tipo mercantil, ni el autónomo trabaja para ti ni tú eres su jefa, por lo que no puedes hacerle un contrato de trabajo sino un contrato mercantil. Por tanto, ni puedes imponerle horarios ni debes hacerte cargo de su Seguridad Social.

    Sin embargo, si contratas a un empleado, sí es cierto que serás tú quien se encargue de las cuotas a la Seguridad Social ya que sí que se realiza un contrato de trabajo laboral por el tiempo que estipules. Además, para contratar necesitarás darte de alta como empresaria rellenando el modelo TA.6., conseguir una cuenta de cotización para gestionar la cotización de tu trabajador mediante el modelo TA.7 y dar de alta al trabajador mediante el modelo TA. 2/S. Finalmente, deberás registrar el contrato laboral en el Servicio Público de Empleo Estatal.

    Si tienes más dudas sobre cómo contratar cuando eres autónomo, te dejo un enlace a un artículo de Debitoor, el programa de facturación y contabilidad que explica esta dilema: https://debitoor.es/guia-pequenas-empresas/contratacion/pueden-los-autonomos-contratar

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo,
    Sergio

    Respondido el

  • 1
Volver