Creacion de UTE

Buenas tardes,
Otra consulta que tengo!.
En breve Verdjardins se va asociar con otra empresa del sector para poder presentarnos y optar a una adjudicación de una obra.
En principio se creará una UTE (unión temporal de empresas). No estoy familiarizado con la formación de una UTE, todo lo contrario que la otra empresa.
Las preguntas.
¿Cuales son los pasos legales?
¿El % de participación es variable?
¿Que tengo que vigilar para que no me hagan ninguna "putada" (perdón)?
Gracias.
Jordi Rico
Verdjardins

Creada el
  • Voy a aventurarme a contestarte parcialmente, más por experiencias profesionales anteriores que por conocimiento explicito y experta en UTE´s que no lo soy.
    Te adjunto varios links que pueden ser de tu interes
    http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-es-una-ute
    http://www.crear-empresas.com/dudas/union_empresas.htm
    Lo que tienes que "vigilar" es la contabilidad de la que normalmente se encarga uno de los participantes. Por otro lado podeis tener firma mancomunada de esta manera todos los pagos deberan llevar la firma de las dos partes.
    Confio que con los links y mi pequeña aportación tengas menos dudas.
    Un saludo,
    Carmen L. Martínez

    Respondido el

  • Buenos días,
    Yo puedo añadir a la respuesta anterior, los artículos séptimo y siguientes de la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre Régimen Fiscal de Agrupaciones y Uniones Temporales de Empresas y de las Sociedades de Desarrollo Industrial Regional.
    Un saludo,
    Miryam Vivar.

    Respondido el

  • Buenas,
    Para resumir un poco y en términos generales debes saber que uno de los requisitos para constituir una UTE es que se debe realizar ante notario una escritura pública de constitución en la que se regularán los estatutos que la regularán (Denominación o razón social dela UTE; Objeto social, esto es la la actividad a desarrollar y los medios a utilizar; Los socios que integran la UTE; aportación de cada empresa. Ante pérdidas o ganancias, cómo se repartirán.....).
    El tema de la posibilidad de variación del % inicial, si prevees que te interese posteriormente variarlo, deberíais contemplarlo en la regulación estatutaria.
    El tema de la contabilidad, simplemente añadir que no tienen obligación de presentar cuentas anuales (a efectos mercantiles) de manera que deberás integrar en tus cuentas anuales la parte proporcional de los saldos de la UTE que te correspondan. Por lo que el tema de la firma mancomunada es una buena solución.
    Un saludo.
    Ana Salar | Juzgálitas

    Respondido el

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