Deducción del gasto de Seguro Médico

Buenos días,
Llevo ya bastantes tiempo navegando por la web para saber si se puede o no deducir el gasto de los seguros médicos con compañías privadas, y sólo encuentro respuestas contradictorias entre diferentes foros. (Que sí, que no, que depende de la actividad...).
No me refiero al seguro por enfermedad, sino a un seguro médico convencional con diferentes coberturas, contratado como particular. He leído que este gasto se puede deducir si es necesario para el desarrollo de la actividad... pero no entiendo bien la relación de la necesidad de un seguro médico con el trabajo (soy consultor empresarial)... y obviamente, si voy al médico es porque tengo algún problema de salud que probablemente impida el desarrollo normal de la actividad.

Alguien tiene claro si se puede deducir o no, y en qué condiciones?
Agradecería mucho que la respuesta no fuera una copia de los párrafos de la Ley al respecto, ya que no me queda nada claro tal y como está en los textos oficiales...

Gracias!!

Creada el
  • Hola, en respuesta a tu pregunta, los seguros de salud son desgravables en tu declaración de renta hasta 500 € por persona y año, en caso de cotización por estimación directa. no en caso de módulos.
    Has de tener a la empresa como tomadora de la póliza y tu como beneficiario de los servicios o asegurado, en esa póliza también puedes incluir a cónyuge y descendientes directos si lo deseas y también tienes la desgravación fiscal para ellos.
    esto mismo es aplicable también en seguros de renta por accidente o enfermedad.
    Espero haber sido de ayuda en tu consulta.
    Un saludo
    Ana Fernández
    agente exclusivo DKV seguros

    Respondido el

  • Muchas gracias por contestar tan rápido, y tan claro.
    Con el comentario que haces, me surge una nueva duda: yo soy autónoma, y el seguro medico lo tengo a mi nombre, y como particular (porque lo tengo desde hace años). Sería esto equivalente a tener la póliza a nombre de la empresa, no? Es que hay pólizas específicas para empresas y autónomos (en mi caso el seguro es con ADESLAS), y mi duda es si tendría que ser una póliza específica para autónomos, o si tal y como lo tengo estaría correcto.
    Saludos, y gracias de nuevo!

    Respondido el

  • si eres autónoma solo lo has de presentar como gastos en la declaración de renta tal como te he indicado.
    en cuanto a tu pregunta si hay pólizas especificas para autónomos, en Adeslas lo desconozco, si te puedo decir que en DKV tenemos pólizas y coberturas especiales para autónomos, sin perder antigüedades ni garantías de otras compañías.
    si quieres información sin compromiso, ponte en contacto conmigo.
    [email protected] / 622665252

    Respondido el

  • Buenos días Ana,
    con relación a esta conversación, he encontrado lo siguiente:
    http://www.asisa.es/Asisa/Informacion-Destacada/Desgravacion-fiscal-Sanitaria.aspx

    Existe una fundación que lucha para que se puedan desgravar los seguros médicos... Si no entendí mal, ese gasto sí puede deducirse... Es porque los autónomos tenemos privilegios en ese sentido y sí podemos deducir el gasto?
    Saludos!

    Respondido el

  • Buenos días. Como te indica bien la compañera, solo en caso de que seas autónoma en estimación directa (¡vamos, por contabilidad!). Ahora bien, por módulos no sería deducible.
    Si deseas una comparativa de seguros para autónomos (mas ventajas en servicios, precios...) puedes ponerte en contacto conmigo a [email protected] ó al 670 527 111.
    Trabajamos con las mejores compañías del sector, con DKV, AXA, SANITAS, ASEFA, CASER... Variedad, atención personalizada, precios... es lo que nos diferencia.

    Respondido el

  • Ayer dia 13-9-2013 estuve en la Agencia Tributaria.
    Pregunté por muchas cuestiones, y en particular sobre el seguro médico. Yo tengo un seguro particular de Salud, con Sanitas, para mi, mi esposa, y mis dos hijas. Me dijeron con rotundidad que no podía deducirlo en IRPF.
    Lo que si se puede desgravar es sólo los SEGUROS DE ENFERMEDAD, para el autónomo, empleados, y la familia del autónomo. Pues en caso de que caiga enfermo, ese seguro aportará el capital para el sustento del asegurado durante el tiempo que esté enfermo. Pero este seguro de ENFERMEDAD, no tiene nada que ver con el seguro de SALUD ordinario.

    Respondido el

  • Personalmente, creo que las preguntas "no vinculantes" a Hacienda, siempre interpretan a favor de ellos. Los seguros médicos "normales" privados siempre se contratan para casos de enfermedad con lo que interpreto que todos se pueden desgravar. Además, si lo restringiéramos a las primas de cuantías a cobrar en caso de enfermedad, éstas se refieren siempre al autónomo, no a sus familiares, con lo que no tendría sentido incluir las primas de los familiares, pues, simplemente, no existen (vaya, que yo sepa, no hay seguro por el cual tus familiares cobren si tú te pones enfermo, cobras tú).

    Respondido el

  • Contenido moderado por Infoautónomos

  • Contenido moderado por Infoautónomos

  • 1
Volver