Obligatoriedad de darte de alta en autónomos

Soy apoderada de una sociedad junto con mis hijas, sin cobrar ningún tipo de salario y sin contrato de trabajo. Mi trabajo se limita a relación con los bancos y llevar cartas a correos. Estoy cobrando prestación por desempleo parcial. Mi pregunta es: ¿me tendría que dar de alta en algún régimen de la seguridad y consecuentemente perder la prestación por desempleo?

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  • Podrias matizar "¿Estoy cobrando prestación por desempleo parcial?". En lineas generales, si no eres administradora, que solo eres apoderada, no hay obligatoriedad de darte de alta en la seguridad social. Pero si además ejerces algún tipo de actividad para la empresa , como la que indicas, se te debería dar de alta en el RG de la Seg.Soc. Solo los administradores están obligados a darse de alta como autonomos.

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