IVA o IGIC

Soy autonomo y tengo una empresa de asesoramiento de empresas con sede en la península. Tengo que hacer un servicio de asesoramiento a una empresa situada en Canarias. Quería saber si tengo que facturar con IVA con IGIC o sin ninguno de ellos.
Muchas gracias.

Creada el
  • Buenas. Ninguno de los dos, Canarias como sabemos esta fuera del TAI, y por lo tanto es una exportación.

    Un abrazo.

    www.abellanasesores.com

    Respondido el

  • No sé si me he explicado bien, pero no hablo sobre exportaciones, sino de prestar un servicio a una empresa Canaria. Y si esta prestación de servicio está sujeta a IVA o a IGIC o a ninguno de los dos.
    Gracias.

    Respondido el

  • Gracias por la respuesta.

    Respondido el

  • Insisto, es una exportación, no de bienes, sino de servicios. Tienes que hacer la factura sin IVA.

    Un abrazo.

    www.abellanasesores.com

    Respondido el

  • muchas gracias por la respuesta y la celeridad.

    Respondido el

  • Insisto, es una exportación, no de bienes, sino de servicios. Tienes que hacer la factura sin IVA.

    Un abrazo.

    www.abellanasesores.com

    Respondido el

  • muchas gracias por la respuesta y la celeridad.

    Respondido el

  • muchas gracias por la respuesta y la celeridad.

    Respondido el

  • Perdona que insista pero la Ley del IVA sufrió cambios en el 2010 y parece que no está tan claro lo de que está exento de IVA. Ahora parece que el impuesto grava en función de la localización del servicio y a quien se realice este servicio (consumidor final o empresario), por lo que entiendo que habría que aplicarle el IGIC, pero no sé de que forma y como repercute esto en mi facturación y contabilidad y en la de mi cliente.
    Alguien que me de luz sobre este asunto.
    Gracias

    Respondido el

  • Perdona que insista pero la Ley del IVA sufrió cambios en el 2010 y parece que no está tan claro lo de que está exento de IVA. Ahora parece que el impuesto grava en función de la localización del servicio y a quien se realice este servicio (consumidor final o empresario), por lo que entiendo que habría que aplicarle el IGIC, pero no sé de que forma y como repercute esto en mi facturación y contabilidad y en la de mi cliente.
    Alguien que me de luz sobre este asunto.
    Gracias

    Respondido el

  • Vaya lío que llevas en la cabeza con este tema. Las reglas de localización dicen que cuando el que reciba el servicio es empresario, la operación se entiende realizada en la sede del que recibe el servicio, por lo tanto en Canarias, y por lo tanto es exportación.

    No se como vas a facturar con IGIC si tu estas en la península.

    Yo estoy detectando en este foro que la gente juega con fuego por ahorrarse un poco de dinero de un asesor, lo que a la postre te puede salir bastante más caro. No obstante yo encantado de daros un poco más de luz a estos asuntos.

    Un abrazo.

    Respondido el

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