recargo de equivalencia

Si cuamdo vendo los productos de una tienda en recargo de equivalencia no debo aplicar dicho recargo me podrian decir el motivo?

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  • Buenas Rocio, el recargo de equivalencia lo paga ústed a su proveedor el cual ingresará en Hacienda.

    Ústed cuando venda a sus clientes consumidores finales, les venderá con el IVA incluido, en ese precio irá todo incluido, por lo tanto se lo esta repercutiendo a sus clientes.

    Dicho de otra manera para sus cuentas, su beneficio va a estar entre la diferencia del total de la factura de su proveedor (IVA y recargo incluido) y lo que ústed cobra a su cliente (iva incluido).

    Un ejemplo:

    Compra a proveedor: 100 + IVA (10 %) + Recargo ( 1,4%) = 111,40
    Ústed vente este producto en 120 € IVA INCLUIDO.

    Por lo tanto su beneficio en esta operación será de 120 - 111,40 = 8,60 €.

    Espero que lo haya entendido.

    Un abrazo.

    www.abellanasesores.com

    Respondido el

  • vale esto lo entiendo pero claro entonces yo tengo que aplicar el recargo eso es cierto verdad ?
    el progama de gestion que me han instalado no me repercute al cliente final el recargo de equivalencia y esa es mi gran duda que les he comentado que estaria mal dicho programa creo que asi es verdad? si ellos me lo cobran a mi porque me lo tienen que cobrar pues yo debo aplicarlo a mis ventas
    Muchas gracias por adelantado y perdone las molestias

    Respondido el

  • Buenas, tu programa no puede repercutir el recargo de equivalencia a tus clientes porque no es procedente, lo que hará el programa es repercutir el tipo de IVA que te corresponda (4, 10 o el 21% dependiendo del producto que vendas).

    Lo que te quiero decir, es que tú deberás repercutir en el precio que marques a tu producto ese recargo que le pagas al proveedor, ya que es más gasto para tí.

    Tu programa esta bien.

    Un abrazo.

    www.abellanasesores.com

    Respondido el

  • ok

    Muchas gracias

    Respondido el

  • Hola,
    al hilo de lo que se ha comentado en este post, me gustaría confirmar si he entendido bien.
    Si se trabaja con recargo de equivalencia... la composición del precio al que vendo el producto me queda claro.
    Ahora, cuando un cliente me pide una factura, con la obligación de desglosarle el IVA, no tengo claro como hay que elaborarla...
    1/ Precio proveedor + IVA + Recargo + Mi Margen = precio total
    2/ Base Imponible (=precio proveedor+recargo equivalencia+mi margen)+ IVA (ahora aplicado sobre todo...)
    ¿Como tendría que emitirle la factura?

    Por otra parte... Existe una nueva normativa fiscal desde Enero de 2013, por la que los TICKETS pasan a ser FACTURAS SIMPLIFICADAS... ¿Tengo obligación de expedir Facturas Simplificadas, si estoy por recargo de equivalencia + módulos?

    Muchas gracias!

    Respondido el

  • buenos días, tengo la duda de como tendría que ser la elaboración de la factura para mi cliente, un tienda on-line

    mi proveedor:
    pvd+iva%+recargo= total a pagar al proveedor

    mi factura

    base imponible ( figura la cantidad "total a pagar al proveedor)+iva soportado= total factura


    mi duda mi margen de beneficio tengo que incluirlo en la base imponible


    un saludo

    Respondido el

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