Elaboración y venta de pasteleria por encargo
Hola buenas tardes:
En breve voy a abrir una tienda online de venta de artículos y materias primas para pastelería creativa.
Además voy a realizar tartas por encargo, las cuales las hago en el horno de casa y luego las entrego en el domicilio del cliente.
La duda que tengo es en que epigrafe me tengo que dar de alta para elaborar y vender las tartas, y como contabilizo los ingredientes o materiales que utilice de mi tienda para elaborar las tartas.
Gracias, un saludo.
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El epígrafe del iae sera el 644.1, yo no se si en tu ayuntamiento te permitirán realizar tartas en el horno de casa lo cual deberías de preguntar.
En cuanto a la contabilidad como minorista decirte que estarás sometido al recargo de equivalencia quien mejor te puede decir como contabilizar los diferentes gastos e informarte sobre tus tributos es un asesor contable y fiscal
Para mas información consulte un asesor contable y fiscal tributosmadrid@gmail.comRespondido el 29 de octubre de 2012
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Gracias candas por tu respuesta.
Tenemos registro sanitario para elaborar las tartas, asi que no hay problema con el ayuntamiento.
Se que por la tienda online estoy en recargo de equivalencia en IVA y en estimacion directa simplificada en IRPF.
La duda está en los regimenes de IVA e IRPF para el epigrafe 644.1 y sobre todo como cuenta los productos que utilice de mi tienda para elaborar las tartas.
Un saludoRespondido el 29 de octubre de 2012
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Los productos utilizados para la fabricacion de las tartas se les debe dar el tratamiento contable aplicable a las materias primas .
Si pudieras poner un poco mas claro la duda que tienes en cuanto al IVA y al IRPF a lo mejor te podria ayudar pero si sabes que estas en el regimen de recargo de equivalencia en el IVA y en estimacion directa simplificada no veo donde esta el problemaRespondido el 29 de octubre de 2012
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¿Qué diferencia hay entre el 644.1 que me indicas y el 644.3?
En estimación directa simmplificada no se lleva contabilidad, por tanto no se a que te refieres con contabilizarlo como mercancia. Yo me refiero que si utilizo productos de mi tienda para elaborar las tartas, los tengo que considerar un coste, tengo que hacerme una venta a mi misma....etc
En cuanto a IVA E IRPF por la venta de tartas por encargo no tengo dudas.
Gracias,Respondido el 29 de octubre de 2012
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Bueno en estimacion directa simplificada no es que no se lleve contabilidad no se exige la contabilidad que es cosa diferente para ti los productos que utilizas para realizar tus tartas aumentan el coste del producto
En cuanto a la diferencia en el epigrafe esta consulta de la direccion generald e tributos y por lo tanto vinculante te lo aclara http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?Consulta=IVA&Pos=328Respondido el 29 de octubre de 2012
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