Retencion
Hola:
tengo una pregunta muy tonta.... cuanto tiene que retener el autonomo que se acaba de dar de alta en concepto de IPF???
gracias
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Hola. depende de la actividad y del régimen por el que hayas optado en el IRPF. Debes incluir una retención del 15% en tus facturas si realizas una actividad profesional (abogada, arquitecta, economista, etc). Será el 7% durante los 2 primeros años de alta. Ese importe lo deberá ingresar tu cliente en Hacienda en tu nombre.
En el caso de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, también hay que retener el 15%.Respondido el 3 de diciembre de 2010
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