Baja como autónomo

Mi duda es la siguiente: el mes pasado realicé un trabajo pero he decidio darme de baja por falta de actividad. Mi duda es si antes de comunicar mi cese de actividad ante la agencia tributaria tengo que hacer la liquidación trimestral de IVA o si no es necesario, si únicamente con presentar el modelo 036 es suficiente.
También había solicitado la capitalización del paro en pago de las cuotas a la seguridad social pero aún no se ha hecho efectiva porque no ha dado tiempo a comunicar al INEM la cuantía de las cuotas. ¿Cuáles serían los pasos que tendría que seguir en mi caso?. Muchas gracias

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  • Respecto a hacienda, tienes que presentar la baja de actividad y presentar los impuestos en el trimestre correspondiente, es decir el 4º TR/2012. La baja de actividad en hacienda la tendrás que presentar en la seguridad social para que te den de baja en autónomos.

    En cuanto al tema del pago de las cuotas no te puedo ayudar. No obstante, sería conveniente que te intereses directamente en el INEM de como está la solicitud y que te informen de los trámites para que puedas hacer el seguimiento.

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  • Muchas gracias. Entiendo entonces que tendría que hacer el pago a posteriori, después de haberme dado de baja. Es así?

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  • Al tener pendiente cuotas, yo miraría primero el cobro por parte de INEM.
    Inmediatamente después llamaría a la seguridad social y haría la consulta de si te puedes dar de baja teniendo cuotas pendientes (para asegurarte).
    Con lo que te digan en los dos sitios, y antes de darte de baja, puedes tomar la mejor decisión o buscar alguna alternativa.
    No obstante, no te demores en hacer las consultas para poder dejar el tema zanjado en este mes si es posible para evitar seguir pagando autónomos ya que no ejerces ahora ninguna actividad.

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