Gastos deducibles iva e irpf

Acabo de abrir un bar, y me gustaria saber si estos gastos pueden ser deducilbles en parte o su totalidad en las declaraciones de iva e irpf:
-Facturas de gasolina y peajes ya que el bar esta en otra localidad y el mayorista al que vamos tambien en otra.
-Subscripcion a periodicos para nuestros clientes, de la que tenemos factura.
-Pago de abono a television de pago para ofrecer a nuestros clientes el futbol,

Creada el
  • Hola,

    El tema de lo que es y no es deducible, en muchas ocasiones es complicado, ya que no hay una lista cerrada, es deducible todo gasto necesario para la realización de la actividad (siempre que se esté posesión de la factura y está este correctamente contabilizada), por lo que generalmente la "necesidad" de ese gasto, depende del criterio del propio funcionario de hacienda, respecto a tus dudas concretas, yo entiendo, que la suscripción al periódico y a la televisión se podrían deducir.

    Respecto a la gasolina, se permite deducir un 50% del IVA de la misma, y nada en el IRPF, aunque no sería la primera vez que se da el caso de que el criterio es, que para el funcionamiento del bar no se considera necesario un vehículo y tampoco se pueda deducir ese 50% de IVA (los desplazamientos de casa al propio bar no justifican este gasto)

    Saludos

    Respondido el

  • 1
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