Duda sobre facturar con descuento con perdidas

Buenas, parece una pregunta un poco absurda, pero soy nuevo en esto y no se que pasa en estos casos. Voy a realizar una venta de 400€, de un ordenador que a mi me costó 500€. (a parte de la evidente perdida en la venta, però esque es para un amigo que me ha hecho muchos favores y quiero hacerle un buen descuento), en el tema de la declaración de IVA no pasa nada, porque no tengo que declararlo (al estar en el régimen de IVA con recargo de equivalencia), pero el IRPF si que tengo que declararlo,entonces que pasa? por 100€ me pediran explicaciones? esque como es la primera vez que tengo que hacer declaraciones ahora a final de año no se si hacerle el descuento, para no pasar por el trago de la inspección. Como digo, igual os parece una tonteria, pero me tiene intrigado, se nota que llevo la L de empresario, no?jeje. Saludos.

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  • Es una perdida de inmovilizado si llevaras contabilidad tendrías que llevarlo a la 671 perdidas procedentes del inmovilizado material tendrás que deducirte la amortización hasta la fecha y listo , tu puedes tener perdidas del inmovilizado así lo recoge la contabilidad ajustada al código de comercio y problema no vas a tener ninguno si no que disminuye tus rendimientos , ten en cuenta que ese ordenador puede venderse por cualquier motivo, eso si como cualquier otra operacion debe estar documentada

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