libros de registro

Hola, buenas tardes.
Me pongo en contacto con usted porque quisiera que me resolviera una duda que tengo.
Voy a abrir una fruteria, verduleria y hortalizas, estoy acogida en el regimen de recargo de equivalencia, por lo cual no tengo que hacer declaraciones de I.V.A. Pero estoy acogida al Régimen de Estimación Directa Simplificada del IRPF, por lo cual tengo que llevar los libros de ingresos, gastos y bienes de inversión.
Y mi duda es, a la hora de hacer los libros tengo que poner el IVA soportado/ repercutido dependiendo del libro que sea, pero tambien tengo que aplicar el recargo de equivalencia? Y luego en el total de gastos o ingresos de cada trimestre lo pongo con o sin IVA?

En espera de sus prontas noticias, Un saludo
Muchas gracias.

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