RETA
Hola buenos días:
He participado en una feria de dos días de duración, el proposito era publicitarme ya que en breve voy a abrir una tienda on line pero ademas aproveché para vender productos. Me dí de alta en la AEAT en el epigrafe" 663.9 Venta fuera de establecimiento permanente" y despúes de la feria me he dado de baja en dicha actividad. Los gastos de ir a la feria son mayores que las ganancias de la venta de productos y ademas el valor de la venta no supera el salario minimo interprofesional.
Mi pregunta es ¿tengo obligación de pagar por estos dos días la cuota de autonomos?
Gracias de antemano por vuestras respuestas.
Un saludo.
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Siempre y cuando los ingresos no superen el SMI puedes optar por no darte de alta en el RETA.
www.asesmartasesores.es.tl
[email protected]Respondido el 4 de diciembre de 2012
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