Modelo Hacienda

Muy buenas tengo de darme de alta de agente de seguros me han comentado que tengo de darme de alta en objetiva directa simplificada y que no es necesario hacer trimestralment la declaración que puedo hacer una al final de año que modelo de formulario para hacienda se tiene que rellenar. Gracias

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  • En primer lugar, hay que acudir a la Administración de Hacienda o al Ayuntamiento, y rellenar el impreso 845 (para las actividades sujetas a cuota municipal), el 846 y 850 (para las actividades sujetas a cuota provincial) o el 846 y 851 (para las actividades sujetas a cuota nacional), y señalar el epígrafe que corresponda a nuestra actividad (si pensamos realizar varias, deberemos efectuar tantas altas como actividades diferentes pensemos ejercer).

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  • Perdon puede no he hecho bien la pregunta es una vez dado de alta en Haciendo al poder hacer una declaracion anual del IRPF que modelo de formulario tendria que rellenar por ejemplo el 130??

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  • Es necesario en el regimen de estimación directa simplificada las declaraciones de IRPF trimestrales, modelo 130 y la declaración anual, modelo 190.

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  • Gracias pero la pregunta es que al no tener que pagar IVA el 130 solo lo tengo que presentar el 4º trimestre con todo lo ingresado y deduciendo los gastos, esto es correcto porque es lo que me han dicho en Haciendo pero es el 130 o otro modelo.
    Otra cosa al no pagar IVA los gastos que llevan IVA solo puedo desgrabar la base imponible o el total de la factura con el IVA incluido

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  • Entonces sería el modelo 190 resumen anual. en cuanto al IVA solamente desgrabarías la parte de la base imponible, no el total de la factura.

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  • Madre mía que lio, no me entero de nada.....
    a ver si me aclaro....los autónomos como regla general están sujetos a dos impuestos diferentes, IVA e IRPF.
    En el caso de los agentes de seguros están exentos de IVA porque su actividad está exenta, ¿qué significa esto? que ni trimestral ni anualmente tienen que hacer declaraciones de IVA (modelo 303 trimestral y modelo 390 anual), entonces de este modelo nos olvidamos (si te fijas en tu declaración censal (modelo 037) en el apartado de IVA pondrá que estás exento...

    Vamos con el IRPF....como en tus facturas de ingresos aparece una retención de IRPF esto te exime de tener que presentar declaraciones trimestrales (de todas formas habría que asegurarse también en el apartado de IRPF de nuestra declaración censal - modelo 037- , que hemos puesto que no tenemos obligación de hacer pagos fraccionados de IRPF), lo que habría que hacer es la declaración anual de renta como cualquier persona física (modelo 100), pero en lugar de tener rendimientos del trabajo tendriamos "rendimientos de actividades económicas"....

    Otra cosa, como la actividad está exenta de IVA el IVA soportado sería un mayor gasto de cara a deducción de IRPF.

    El 190 no tiene nada que ver aquí...

    No sé si te referías a esto o no....espero haberte ayudado...

    Cualquier cosa lo vemos

    Saludos

    Susana

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